La Corte Suprema de Justicia de la provincia no admitió un reclamo del Colegio de Abogados de Rosario y dejó firme una resolución de la Cámara de Apelaciones que había rehabilitado la matrícula del condenado por crímenes de lesa humanidad Juan Daniel Amelong. El alto tribunal falló en voto dividido (cuatro a dos) a favor del también ex teniente coronel del Ejército cuestionando la forma en que el Colegio resolvió la cuestión y considerando que las dos sentencias contra Amelong aún no están firmes. La entidad que nuclea a los letrados anticipó que recurrirá a la Corte Suprema de Justicia de la Nación para defender su criterio.
Los ministros de la Corte Roberto Falistocco, Eduardo Spuler, Rafael Gutiérrez y Mario Luis Netri se manifestaron a favor de que Amelong pueda seguir ejerciendo la profesión de abogado, mientras que sus pares María Angélica Gastaldi y Daniel Erbetta se pronunciaron a favor de los fundamentos del Colegio para retirarle la matrícula.
La situación de Amelong, oficial jefe retirado del Ejército, y además abogado, arrastra un largo debate sobre el ejercicio de su profesión (ver aparte) a partir de las dos condenas por crímenes de lesa humanidad que pesan en su contra que, si bien lo mantienen en prisión, aún no están firmes y son tramitadas apelaciones en la Cámara de Casación Penal de la Nación.
"Hasta las últimas instancias". El presidente del Colegio, Ignacio Del Vecchio, señaló ayer que "lamentablemente el viernes pasado recibimos la notificación de la Corte Suprema de la provincia donde nos hacían saber que revocaban la decisión del directorio de cancelar la matrícula del señor Amelong". Pero aclaró que "la sentencia no es absoluta: hay cuatro ministros que decidieron por la habilitación y dos que hicieron propios los fundamentos y argumentos entendidos en su momento por el Colegio de Abogados de Rosario".
El directivo explicó que "lamentablemente la posición mayoritaria fue la del doctor Gutiérrez que, a nuestro entender con un excesivo rigor formal sobre la ley, dice que esto (por las condenas) debe estar firme. Si bien el señor Amelong ha sido condenado por delitos calificados de lesa humanidad como no están firmes (las sentencias) sino en Casación, esto significa según el doctor Gutiérrez que quien debió dictar esa cancelación (de matrícula) tuvo que haber sido directamente nuestro Tribunal de Etica y no el directorio del Colegio".
Del Vecchio señaló que, en cambio, los pronunciamientos de los ministros Gastaldi y Erbetta (ver aparte) refieren que "por el simple hecho de estar condenado por un delito doloso, con pena efectiva de prisión, el Colegio, sin sustanciación de acuerdo al artículo Nº295 de la ley orgánica del Poder Judicial, puede cancelar la matrícula".
Enfatizó que "el Colegio es un organismo público no estatal y tiene la finalidad fundamental de garantizar que todos los que ejercen la profesión lo hacen con los mínimos estándares de ética". Insistió en que "el Colegio no es un mero control de matrícula sino que tiene que garantizarle a la sociedad que quien ejerce la abogacía no tiene desprecio por el Estado de Derecho".
"Yo creo que Gutiérrez se confunde porque el Tribunal de Etica juzga conductas de nuestros abogados. El Colegio de Abogados no juzga conductas sino que lo que hace es decirle a la población «este señor no puede ejercer la abogacía porque no puede garantizar ni a nosotros ni a la sociedad que va a hacer respetar el pleno Estado de Derecho»".
Del Vecchio adelantó que "vamos a ir con esto hasta las últimas instancias: a la Corte Suprema de la Nación porque estamos seguros de que nuestro alto tribunal nos dará la razón", y destacó que "somos uno de los pocos Colegios que lo hemos hecho", en alusión a expulsar a un condenado por terrorismo de Estado.