Miércoles 08 de Mayo de 2013
En el ejemplar del 27 de abril, en pag. 11, Zaffaroni sostiene, correctamente, que la Constitución omite cuál puede ser el número de jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Propone entonces que, por ley común, sean 19 y se dividan en cinco salas. Está completamente equivocado. La Constitución, explica Bidart Campos, “quiere el fallo de la Corte”. Es decir, del cuerpo. Lo mismo se quiso hacer a principios de 1987 respecto a la Corte provincial santafesina. En esa época, y tolérenme que hable en la latosa primera persona, como fiscal de Estado, un modesto consigliere, deslicé que recomendaría al gobernador vetar la ley de “loteo”. Por fortuna no se hizo nada. Es que los que nunca hacen nada nunca tienen tiempo para nada.
Julio Chiappini