La Corte despenalizaría el consumo privado de droga
Los ministros de la Corte Suprema de Justicia de la Nación darán a conocer mañana en su acordada un fallo que puede despenalizar el consumo privado de drogas en un conjunto de causas que cuestionan la constitucionalidad del artículo 14 de la ley de droga, que pena la tenencia simple.

Lunes 24 de Agosto de 2009

Los ministros de la Corte Suprema de Justicia de la Nación darán a conocer mañana en su acordada un fallo que puede despenalizar el consumo privado de drogas en un conjunto de causas que cuestionan la constitucionalidad del artículo 14 de la ley de droga, que pena la tenencia simple.

La posible despenalización del uso de drogas, que generó una fuerte polémica entre magistrados, especialistas y funcionarios, al parecer cuenta con consenso entre los jueces de la Corte.

En su resolución la Corte pondrá límites ajustados a la despenalización para evitar que se generen interpretaciones más amplias entre los jueces, cercanas a la liberalización del uso de esas sustancias ilegales.

La Corte puede declarar inconstitucional el artículo de la ley de drogas que establece penas a la tenencia simple, aunque sea sólo para consumo personal y privado.

El fallo también permitirá el gobierno nacional avanzar con su proyecto de reforma de la ley de drogas, que prevé incluir una concepción sanitarista del problema de las adicciones en la Argentina.

El juez Carlos Fayt, vocal de la Corte, dijo que los ministros del máximo tribunal estaban en el "período de análisis final" de la cuestión para definir sus votos. "Hay un principio de consenso", dijo Fayt y confirmó que "este martes próximo estará el fallo". El magistrado señaló que ante el aumento del consumo de droga y la multiplicación de causas por tenencia de estupefacientes ilegales "se acumuló la experiencia necesaria para ver si eso fue realmente útil".

Los jueces analizaron también la necesidad de contar tanto con centros de "reeducación" para las personas afectadas por las adicciones, como con otras herramientas de asistencia desde el Estado. Sin embargo, uno de los coautores de la ley de drogas vigente, la 23.737, Alberto Lestelle, sostuvo que esa norma "definió muy claramente entre tenencia para comercializar -donde el que tiene es un delincuente- y tenencia para consumo personal".

El ex secretario de lucha contra las drogas nacional dijo que "esta ley establece que se trata de un enfermo y la pena que se le aplica son medidas educativas o recuperatorias según el caso". "Una vez cumplidas el juez actúa para suprimir la anotación sobre el uso y tenencia indebida de estupefacientes, o sea el enfermo queda limpio en su trayectoria legal", aclaró.

Lestelle advirtió que "la posibilidad de despenalizar la tenencia de cocaína para consumo personal podría permitir la interpretación de que se transformase en una droga legal".

"La despenalización, aunque sea para consumo personal y aún en pequeñas dosis, hará que la cocaína deba incorporarse a las exigencias que obliga el Estado para otros psicotrópicos", dijo Lestelle. Y alertó que "no sería impensado que algún iluminado considere necesario la legalización de producción de cocaína". l (DyN)