La Constitución y el derecho penal
Según información periodística ante el incesante incremento de la inseguridad por fin hay una reacción de la clase política ya que un legislador provincial ha propuesto reformar la legislación...

Viernes 03 de Agosto de 2012

Según información periodística ante el incesante incremento de la inseguridad por fin hay una reacción de la clase política ya que un legislador provincial ha propuesto reformar la legislación procesal penal para incrementar las prisiones preventivas y endurecer los requisitos para las excarcelaciones en los casos que se sospecha con fundamento que los acusados son reincidentes. Como era de suponer esto ha acarreado críticas feroces de los garantistas, progresistas y seudo defensores de los derechos humanos (ya que sólo se preocupan por los delincuentes o imputados) que indiferentes a la seguridad de los pacíficos ciudadanos han atacado dicho proyecto tachándolo de inconstitucional, pero no proponen en cambio alternativa alguna. No me convencen los argumentos de estos críticos, aunque están encabezados por un docente y ministro de la Corte provincial en cuanto la alegada inconstitucionalidad. Hacen una interpretación equivocada de la Constitución cegados por su ideología. Llevando la misma a sus consecuencias lógicas no podría haber nadie detenido sin sentencia firme lo cual es un disparate y tendría consecuencias catastróficas. Es tan absurdo como en una posición inversa la alegada constitucionalidad para tener todo tipo de armas (llevado a sus últimas consecuencias lógicas también cabría aceptar la posesión de armas atómicas) que invocan los miembros de la Asociación Nacional del Rifle de Estados Unidos que lo fundan en una también equivocada interpretación de una enmienda constitucional de dicho país. Si para estos "juristas" progres de ahora los institutos de la prisión preventiva y del requisito de fianza para excarcelar son inconstitucionales, ¿cómo se explica que sus antecesores desde que se dictó la Constitución en 1853 hasta hace poco años, ilustres constitucionalistas y penalistas no le pusieron reparo alguno y eso que no había ni un átomo de la inseguridad que hay ahora? La presunción de inocencia es un dogma que como todo dogma no es racional y choca con la realidad y el sentido común si es interpretado fundamentalísticamente. No está consagrado en nuestra Constitución literalmente sino que se deduce de sus postulados pero debe interpretarse razonablemente. Y filosóficamente en los supuestos de acusados que lo son en base a serios indicios o semipruebas aunque todavía no haya concluido el respectivo proceso habría que hablar más de presunción de culpabilidad que de presunción de inocencia y en base a esa situación tratarlos. Y en el caso de los reincidentes o sospechados seriamente de serlo hay que privilegiar la defensa de la sociedad. E imitar a los Estados Unidos donde para excarcelar exigen fianzas efectivas mientras aquí sólo requieren juratorias lo cual es una burla. Como es una tomadura de pelo a la sociedad tantos casos de condenados incluso reincidentes que aprovechan las salidas transitorias que les permite la nefasta ley nacional de ejecución penal y la corrupción y perversión de algunos jueces y funcionarios del sistema penitenciario, para delinquir mientras están fuera de donde debieran estar. Pero los progresistas como Zaffaroni y otros tienen una profunda repulsión hacia la policía y las cárceles, en el fondo anhelarían suprimirlas y mientras propugnan que el único fin de las penas es la utopía de resocializar a los presos, soslayando que a lo largo de la historia de la humanidad y conforme las enseñanzas de muchísimos juristas la policía, Justicia, cárceles y penas tienen por fin defender a la sociedad de la delincuencia, disuadir a la gente de delinquir, castigar a los delincuentes y persuadir a los mismos de no cometer nuevos delitos.

Raúl Miguel Ghione
DNI 6.033.754