Sábado 31 de Mayo de 2014
La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del 13 de mayo pasado parece ser una firme decisión a favor de la privacidad y los derechos individuales, y en contra de los modelos de negocio de motores de búsqueda y ciertos aspectos de la libertad de expresión.
Esto significa, por ejemplo, que si se busca el nombre de una persona y se encuentra una página web, el motor de búsqueda es el responsable del contenido de esa página. En ciertas circunstancias, se le exigirá al operador del motor de búsqueda que retire los resultados y enlaces hacia esa página.
¿Qué es el derecho al olvido? Uno de los eternos problemas en el internet es la idea de que cualquier cosa que aparece se queda ahí para siempre. Así, el contenido que desacredita a una persona —independientemente de si es cierto o no, si está actualizado o no, si cuenta la historia completa o no— siempre puede surgir y ser traído a la luz pública.
El "derecho al olvido" es la eliminación del registro de información obsoleta, como condenas cumplidas.
Ha habido versiones de este derecho en varios países europeos, como Francia, Italia, España y Alemania durante algún tiempo, pero en su mayoría en aspectos previos a internet, diseñados para impedir que los periódicos volvieran a publicar historias obsoletas.
El caso particular sobre el que la Corte europea falló está relacionado con una subasta de una propiedad que le pertenecía a un hombre que en ese entonces tenía deudas con el seguro social. Era una historia de 1998, pero aún se podía obtener información al respecto por medio de Google, a pesar de que los procedimientos relacionados a las deudas se habían resuelto muchos años antes.