Fallo a favor de un empleado cesanteado por tarea gremial
La Suprema Corte de Justicia bonaerense confirmó que un trabajador debe ser reincorporado a la empresa en la que se desempeñaba y que se le tienen que pagar los salarios atrasados al considerar "discriminatorio" que fuese despedido por su actividad gremial.

Lunes 03 de Enero de 2011

La Suprema Corte de Justicia bonaerense confirmó que un trabajador debe ser reincorporado a la empresa en la que se desempeñaba y que se le tienen que pagar los salarios atrasados al considerar "discriminatorio" que fuese despedido por su actividad gremial.

Este es el primer fallo del máximo tribunal de la provincia de Buenos Aires respecto a esta cuestión y a partir de ahora se declara aplicable en materia laboral la ley 23.592, conocida como "antidiscriminatoria".

El caso llegó a la Suprema Corte luego de que el Tribunal del Trabajo 2 de La Matanza hizo lugar a una demanda de Franco Villalba contra la firma The Value Brands Company de Argentina (ex Jabón Federal) y ordenó reincorporarlo en su puesto de trabajo, pagarle los salarios caídos y el daño moral originado por el despido.

Del fallo surge que en la empresa no existía representación sindical desde el 2000, lo cual llevó a que en 2005 se convocara a elecciones de delegados del personal.

Villalba y otros siete compañeros se postularon, comunicaron su decisión a la empresa y al sindicato, pero según testigos, un representante de la empleadora les advirtió que si continuaban en su empeño "ponían en riesgo sus puestos de trabajo o categoría laboral".

Mientras se producía un intercambio de cartas documento, aparentemente un jefe informó a la empresa que Villalba no alcanzaba el mínimo de producción, que en los lugares donde él se desempeñaba el rendimiento era inferior a lo normal y bajaba también, la calidad del producto.

"Este hecho -según da cuenta el veredicto- fue puesto en conocimiento del trabajador y, conforme se aseveró, constituyó la real causa del despido, no obstante que al momento de disponer la rescisión la empresa optó por hacerlo sin invocar causa alguna", indicó el fallo de la Suprema Corte. l (Télam)

Sin aviso

Según el trabajador Franco Villalba, antes de ser despedido en ningún momento la empresa le llamó la atención ni lo sancionó por una presunta merma en la producción de su sección a cargo y hasta que lo cesantearon siguió desempeñándose en el puesto de "punta de estrella de calidad", como lo venía haciendo desde 2004, cuando le dieron esa categoría.