España impone penas no excarcelables para los delitos más graves
Madrid. — El gobierno español aprobó el nuevo código penal. La reforma —que debe pasar por el Parlamento, donde el gobernante Partido Popular (PP) cuenta con mayoría absoluta— introduce...

Viernes 12 de Octubre de 2012

Madrid. — El gobierno español aprobó el nuevo código penal. La reforma —que debe pasar por el Parlamento, donde el gobernante Partido Popular (PP) cuenta con mayoría absoluta— introduce la prisión permanente revisable, que suplanta al régimen de reducción de penas para delitos graves.

La prisión permanente revisable supone el cumplimiento íntegro de la condena durante un período mínimo (que oscila entre los 25 y 35 años), transcurrido el cual podrá comenzar el período de revisión. Se aplicará a los homicidios terroristas, genocidio y otros delitos de lesa humanidad y asesinatos agravados (cuando la víctima es menor de 16 años o es una persona vulnerable por discapacidad o avanzada edad), entre otros. Asociaciones judiciales progresistas consideran que esta medida puede ser inconstitucional. La mayoría de la población, sin embargo, la apoya, dado que en muchos casos de crímenes aberrantes el autor logra la excarcelación mucho antes del tiempo nominal de su condena. El nuevo código penal incluirá también la llamada custodia de seguridad, que permitirá que presos especialmente peligrosos continúen en la cárcel hasta diez años después de haber cumplido su pena.

Además, se tipifica el matrimonio forzoso, que podrá castigarse con tres años de cárcel, la difusión de imágenes íntimas no autorizadas y el hostigamiento de la mujer, penado con hasta dos años. También se tipifica la incitación al odio o la violencia por raza, religión u origen, así como la negación de crímenes contra la humanidad, específicamente el Holocausto.