Jueves 13 de Mayo de 2010
Las cartas de lectores del sábado 8 del corriente de Manibasa y Zuccalá sobre matrimonio entre homosexuales nos remiten a documentos tales como la ley 2.393 de matrimonio civil (artículo 51) el primero y a la Real Academia Española el otro, para rechazar la posibilidad de la unión matrimonial entre personas del mismo sexo, tema de debate en nuestro Parlamento y en nuestra sociedad. Por su parte, la carta de Fontana del día siguiente (domingo) realiza una interesante e inteligente exposición de la cuestión. Al respecto, y como ciudadano, deseo opinar diciendo que más allá de la ley vigente que se puede modificar y de la Real Academia Española cuyas normativas los argentinos acatamos cuando nos conviene y nos parece, la existencia de una ley que permita el matrimonio homosexual no obliga nadie a casarse con gente de su propio sexo. Es decir, no es una ley que restringe la acción ni las libertades de ningún ciudadano argentino, sino que equipara los derechos de todos los ciudadanos de un país, que al respecto están en desigualdad de condiciones respecto del matrimonio, ya que los heterosexuales pueden casarse y los homosexuales no. Con o sin ley para matrimonios gays, los heterosexuales seguirán optando por el sexo opuesto sin que la vigencia de la nueva norma modifique en nada sus tendencias, gustos, inclinaciones, etcétera. Se trata solamente de que todos los que vivimos en un país, cuya Carta Magna garantiza la igualdad de todos ante la ley, puedan hacer uso de idénticos derechos. Nada más que eso, tan simple, tan democrático y básico, que el no admitirlo nos pone frente a un verdadero caso de injusticia, de discriminación por sexualidad y de categorización en ciudadanos de primera y de segunda clase. Es decir, una sociedad digna del "ancien régime" e inexplicable en el siglo XXI, sino a través de la intolerancia por la diversidad.
Carlos Italiano,
latinia@fibertel.com.ar