Jueves 09 de Abril de 2015
La Cámara Penal de Rosario elevó la condena a 10 años y 6 meses de prisión a un hombre que durante una feroz riña callejera entre bandas, en 2011 y en el corazón del barrio Carlos Casado, asesinó a Gastón Raúl “Charro” Zuvelza de una puñalada en el pecho. Por el homicidio había sido acusada y luego sobreseída la mujer del imputado (participó de la gresca y le aplicó un ladrillazo en la cabeza a la víctima que lo dejó inconsciente), pero ahora el Tribunal de alzada revocó parcialmente el dictamen y la mandó a investigar como probable coautora del crimen.
Marcelo “Nono” Perugorría, de 26 años, llegó ayer a la sala de audiencia de Tribunales para escuchar la decisión de la Cámara Penal respecto a la apelación planteada por su defensa a raíz de la sentencia a 9 años de cárcel que le dictó en agosto del 2014 el juez Gustavo Salvador.
El magistrado lo encontró culpable de asesinar de una puñalada en el pecho al Charro Zuvelza, quien tenía 33 años, en el marco de una reyerta entre grupos antagónicos que se desató la noche del sábado 9 de enero de 2011 en Rueda al 3100.
Perugorría, afincado en barrio Las Flores, estaba en la casa de su abuela, en la cortada Príncipe de Gales al 2900 participando de un cumpleaños. Cerca de las 3 de la mañana salió junto a su concubina y un grupo de amigos a buscar bebidas. En el trayecto tuvieron un cruce de palabras con unos muchachos, entre quienes estaba Zuvelza, en la esquina de Vera Mujíca y Rueda.
Sin que se pudieran establecer los verdaderos motivos de la gresca, ambos grupos cruzaron trompadas y botellazos. En ese revoleo El charro Zuvelza quedó malherido, tirado sobre la calle, con la cabeza ensangrentada y un cuchillo incrustado en el abdomen. Su padre lo trasladó al Hospital de Emergencias, donde falleció.
Durante el juicio quedó acreditado que Zuvelza fue asesinado por “Nono” Perugorría y que su mujer, también imputada, le había aplicado previamente un piedrazo (tipo escombro) en la cabeza que lo dejó inconsciente.
Mientras que el principal imputado fue condenado a 9 años de prisión, al expedirse respecto de la responsabilidad penal de la mujer el juez Salvador ponderó que “no se acreditó una intención homicida, sino más bien un intento por defender a su concubino”, y la absolvió por la legítima defensa.
Revisión.Pero la resolución fue apelada por las partes. Tanto la querella como la fiscalía solicitaron una pena mayor para Perugorría por la magnitud y características de la agresión, al considerar “la intensidad y gravedad del suceso, donde se aprovechó de la situación de un hombre caído para darle muerte sin razón alguna y sin probabilidad de defensa”.
Y también fustigaron la desvinculación de Elba Alvarez, a quien le atribuyeron “plena responsabilidad en el suceso y en la consecuencia fatal, ya que no hubo actividad defensiva, sino que la misma actuó con fines coadyuvantes con su pareja de dar muerte a la víctima, por lo que debe ser considerada como autora”.
Tras hacer lugar a esos requerimientos, ayer se desarrolló una audiencia pública con la presencia de los acusados, y en la misma el juez Otto Crippa García (de trámite) leyó la sentencia a la que arribó tras una decisión unánime que compartieron los otros dos jueces vocales, Georgina Depetris y Carlos Carbone.
Para los camaristas, Elba Alvarez tuvo una “participación preponderante” en el hecho. Es que de acuerdo al resultado de la autopsia, que si bien establece que la muerte se produce por “una hemorragia masiva producto de una lesión cortante en el flanco izquierdo (la puñalada)”, también puntualiza que la fractura de cráneo (por el piedrazo que le arrojó la mujer) provocó “debilitamiento del organismo, acelerando la pérdida de sangre, restando fortaleza y posibilidades de resistencia orgánica”, lo que obró “concausalmente” a la muerte.
Por esa circunstancia, y porque el Tribunal entendió que la mujer participó “voluntariamente” de la pelea arrojando piedras y puntapiés a la víctima, se decidió revocar su sobreseimiento, tras rechazar que su accionar se justifique como en una legítima defensa.
La Cámara Penal también aceptó el pedido de mayor pena contra Perugorría, “sobre todo por la frialdad con que actuó, atacando con puntapiés en la cabeza de Suvelza cuando cayó por primera vez, lo que demuestra saña e intención de daño en una zona en la que los golpes pueden tener mayor consecuencia. Pero sobre todo por la lesión fatal con arma blanca cuando ya estaba la víctima nuevamente caída; arma que busca en la casa de su familiar y que por la fuerza utilizada la deja clavada en el cuerpo y sale corriendo sin prestar ayuda”.
Así, se decidió aumentar la pena a 10 años y 6 meses de prisión al autor material del asesinato, y se ordenó volver a juzgar a su mujer ante la probable coautoría del crimen.