El Congreso tras la despenalización de los delitos de calumnias e injurias
El proyecto de ley que obtuvo media sanción en Diputados ya fue girado al Senado donde se prevé que será tratado y aprobado en breve. Así se dará respuesta al fallo de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) contra el Estado argentino.

Domingo 01 de Noviembre de 2009

El proyecto de ley que obtuvo media sanción en Diputados ya fue girado al Senado donde se prevé que será tratado y aprobado en breve. Así se dará respuesta al fallo de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) contra el Estado argentino.
  La iniciativa, presentada por la presidenta Cristina Fernández el pasado 11 de septiembre, recorre sin mayores sobresaltos los pasos legislativos que culminarán con su aprobación —se especula— antes de fin de año. El debate está centrado en la modificación de varios artículos del Código Penal de la Nación, para que ambas figuras dejen de ser punibles penalmente y se apliquen sólo en el fuero civil. El texto que logró para su media sanción en Diputados 154 votos a favor y 12 en contra, modifica varios artículos —del 109 al 117— de la Ley 11.179, en el Título II de los Delitos contra el Honor. Respecto del art.109, actualmente consigna que: “La calumnia o falsa imputación de un delito que dé lugar a la acción pública, será reprimida con prisión de uno a tres años”. El texto aprobado por la Cámara baja consigna que: “La calumnia (—) será reprimida con una multa de pesos tres mil a pesos treinta mil”. Pero la modificación central para dicho artículo es la que establece que “en ningún caso configurarán delito de calumnia, las expresiones referidas a asuntos de interés público o las que no sean asertivas”.
  El artículo 110, hoy señala que: “El que intencionalmente deshonrare o desacreditare a otro, será reprimido con multa de pesos mil quinientos a pesos noventa mil o prisión de un mes a un año”. La propuesta que ya está a consideración del Senado varía los montos económicos y la idea de encarcelamiento del redactor señalando que “el que intencionalmente deshonrare (...) será reprimido con una multa de pesos mil quinientos a pesos veinte mil”. Sin embargo, la modificación esencial está en su segundo párrafo: “En ningún caso configurarán delito de injurias las expresiones referidas a asuntos de interés público o las que no sean asertivas. Tampoco configurarán delito de injurias los calificativos lesivos del honor cuando guardasen relación con un asunto de interés público”.

Prensa y libertad de expresión. En el debate en el recinto, el jefe de bloque de los diputados de la Concertación Hugo Prieto dijo que “la libertad de expresión es primordial para el fortalecimiento de todas las instituciones de la sociedad. Sin dudas este derecho se encuentra, a veces, en contradicción con otros derechos; como el derecho a la propiedad privada, o a situaciones que podrían considerarse afectaciones directas o indirectas al honor de funcionarios o referentes sociales. Pero estamos convencidos que siempre debe primar el derecho a la libertad de expresión”.
  Por su parte, la diputada Diana Conti destacó que “no va a haber más delito respecto del periodista o medio que haga una crítica calumniosa o injuriosa si no actúa con real malicia”.
  La radical Silvana Giúdici criticó los tiempos y la celeridad que tomó el debate diciendo que “otra vez se optó por el atajo, con un proyecto bajado desde el Ejecutivo sin la posibilidad enriquecer el texto”.
  Marcela Rodríguez (CC), que impulsaba un proyecto con la derogación total de los delitos de calumnias e injurias, afirmó que la iniciativa oficial “se queda a mitad de camino porque no toma todas las recomendaciones de la CIDH, y habría que haber quitado a ambas figuras por completo del Código, pero no pudimos hacerlo”. Ambas legisladoras, sin embargo, votaron a favor de la iniciativa en general.
  Cabe consignar que ya son diez los fallos absolutorios de periodistas que habían sido querellados penalmente y se fundamentaron en el antecedente que dejó el llamado caso Kimel. Uno de los más recientes, tuvo lugar en la provincia de La Pampa, donde el juez Miguel Vagge sobreseyó al director periodístico del diario La Arena, Saúl Santesteban en la querella que, por calumnias e injurias, le había entablado la ex funcionaria provincial de Desarrollo Social Stella Maris García. l