Condenan a 20 años a dos policías por perseguir y matar a un joven
Una acción ilegal e injustificada. Dos varones recibieron esa sanción y una empleada mujer, 5 años. No estaban en servicio. Los tres reconocieron su culpa.

Jueves 02 de Julio de 2015

En un juicio de trámite abreviado, cuyo veredicto se leyó ayer en Tribunales, tres policías de Villa Gobernador Gálvez fueron condenados a penas de entre 20 y 5 años de prisión al asumirse como culpables del homicidio de Gabriel Riquelme, un joven de 20 años asesinado en marzo de 2014 en medio de una injustificada persecución que terminó en Pueblo Esther. Se acreditó que los empleados policiales, que iban de civil y en un auto particular, abrieron fuego a mansalva con un arma reglamentaria contra el vehículo donde la víctima viajaba con cuatro amigos.

Los uniformados que aceptaron las condenas tras admitir los hechos, tal el principio del procedimiento abreviado, son Roberto Antonio Pereyra, de 35 años; Nelson Iván Canella, 33 años, y Virginia Itatí Espinosa, de 29 años. A los dos primeros les corresponden 20 años y 6 meses de prisión. La última recibió cinco años de pena.

El juez Javier Beltramone presidió la audiencia con los vocales Raquel Cosgaya y Roxana Bernardelli. El trámite comenzó 3 horas y media después de lo previsto por un error atribuido al Servicio Penitenciario en el traslado de los detenidos.

Por el lado de la acusación actuaron los fiscales Adrián Spelta y Miguel Moreno, de la Unidad de Homicidios Dolosos. "Lo que acreditamos es que los policías varones, Pereyra y Canella, fueron los que tuvieron mayor responsabilidad. Uno, Canella, manejando el vehículo y el otro, Pereyra, disparando con el arma del primero. La tercera persona imputada estuvo en el asiento de atrás. Ella se despertó avanzada la persecución y realizó disparos al piso. Lo que se le imputa es incumplimiento de sus deberes y encubrimiento dado que se adulteró evidencia para favorecer su situación procesal", le dijo Spelta a este diario.

Frente a la madre. Aunque la lectuar del veredicto estaba prevista para las 11, el acto comenzó pasadas las 14.30. En la primera fila de la sala 1 de los Tribunales provinciales estuvo presente la madre de la víctima, Alejandra Riquelme, quien a pesar de la dolorosa pérdida se mostró aliviada y satisfecha con la condena (ver aparte).

La mujer estuvo todo el tiempo contenida y acompañada por familiares y miembros de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (Apdh), organismo cuyos abogados actuaron como querellantes en la causa en nombre de la progenitora de Gabriel.

El juez Beltramone inició la audiencia con los pasos de rigor: pidió a los imputados que se identificaran, les preguntó si estaban al tanto del acuerdo y dio paso a la acusación de los fiscales.

Los hechos. Spelta hizo un relato cronológico de los hechos, el contexto y la asignación roles de los uniformados. En ese camino quedó claro que los policías iniciaron el alocado raid a las 5.35 del 3 de marzo en Belgrano y San Martín de Villa G. Gálvez.

Los tres se trasladaban a bordo de un Fiat Palio gris —propiedad de Espinosa— vestidos de civil y con las luces apagadas. Canella conducía el vehículo, Pereyra era el acompañante y Espinosa iba en el asiento trasero.

Quedó demostrado que los disparos salieron del arma reglamentaria de Canello, quien se la pasó a Pereyra, para que efectuara el ataque desde la ventanilla, más cercana al auto en el que iba Riquelme. También quedó claro que no se trató de una situación de enfrentamiento sino de agresión ilegítima y unilateral de los policías. "Inicialmente los policías alegaban que la persecución empezó a raíz de que desde el auto en el que iba la víctima hubo exhibición de un arma. Eso quedó en los dichos de los imputados como un acto defensivo: ninguna prueba dio cuenta de ello", indicó Spelta.

El registro de las cámaras de vigilancia de Pueblo Esther, el relato de testigos coincidentes con las informes y pericias balísticas y la autopsia practicada sobre el cuerpo convalidaron la hipótesis de los fiscales. Los ocupantes del auto baleado eran cinco jóvenes: Cristian G., Lionel T., Gastón H. Yanina R. y Gabriel Riquelme. El fiscal recordó en su exposición que mientras ocurrió la persecución, uno de los policías hizo varios llamados al 911, denunciando la situación. Este efectivo había sido condenado el año pasado a tres años de prisión condicional porque su conducta fue distinta a la de sus compañeros.

Silencio. Los policías nada reportaron inmediatamente después del hecho. Entregaron sus armas reglamentarias el 4 de marzo a la tarde cuando el caso fue abordado de hecho por el Comando Radioeléctrico.

El fiscal hizo la acusación con el pedido de la pena establecida en el acuerdo. Los abogados de la querella, Esteban Sancevich y Julia Giordano, objetaron el aspecto vinculado a la inhabilitación de los empleados policiales, algo se subsanó luego de que Beltramone aclarara que ese aspecto quedaba subsumido en la pena.

Luego de que la defensa de Espinosa planteara la posibilidad de que se le autorizaran salidas laborales diarias, algo que la fiscalía aceptó y el juez supeditó al control del juez de Ejecución, las partes dieron conformidad al acuerdo. Beltramone pidió entonces un cuatro intermedio muy breve.

Al regresar, el juez leyó el contundente veredicto contra los policías. "No existía precedente con estos montos de pena en un juicio abreviado. La calificación que agrava las condenas es porque se trata de funcionarios públicos: son personas a las que el Estado entregó un arma para garantizar la seguridad de los ciudadanos, que fue lo contrario a la acción analizada en este trámite. Es la mayor sentencia acordada en un juicio abreviado desde que rige el nuevo sistema de enjuiciamiento en Santa Fe", sostuvo Spelta.

Beltramone avaló la pena condenatoria a Canella y a Pereyra de 20 años y 6 meses de prisión efectiva, inhabilitación para ejercer cargos públicos por el tiempo que dure la pena como coautores de los delitos de homicidio simple y lesiones leves agravadas por el uso de arma de fuego y tentativa de homicidio, también agravada por el uso de arma de fuego, en concurso real.

Espinosa fue penada con 5 años de prisión efectiva, inhabilitación para ejercer cargos públicos por incumplimiento de los deberes de funcionario público en concurso ideal con encubrimiento agravado.