Condena por un piedrazo en un micro en Gaboto y Avellaneda
La sala primera de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial confirmó la condena a la empresa Rosario Bus por las heridas que sufrió un pasajero cuando estalló un vidrio.

Lunes 23 de Febrero de 2015

La sala primera de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial confirmó la condena a la empresa Rosario Bus por las heridas que sufrió un pasajero cuando arrojaron una piedra contra el colectivo y provocaron el estallido de un vidrio.
  El ataque se desencadenó el 13 de junio de 2010, cuando un chico viajaba con su madre en una unidad de la línea 128 de esa empresa y al llegar a Gaboto y Avellaneda resultó herido en el pómulo y el ojo derecho tras el estallido de un vidrio sobre el que impactó una piedra.
      A raíz del incidente, la víctima que viajaba en la unidad quedó con una cicatriz post quirúrgica en el pómulo y párpado.
  La resolución del Tribunal colegiado sostiene que “la obligación esencial del transportista es conducir al pasajero sano y salvo a su destino”.
  Los camaristas Ricardo Silvestri, María Mercedes Serra y Ariel Ariza recordaron un decreto municipal de 2006 que establece que las ventanillas deben llevar vidrios de seguridad templados y no se puedan astillar.
  Reconocieron, no obstante, que “no se puede convertir a una empresa de transporte de pasajeros en custodio del orden social o garante de la seguridad pública, pero debe adoptar ante hechos reiterados las medidas indispensables para evitarlos”.
  A raíz de esto, determinaron que la empresa debe indemnizar a la familia del pequeño que resultó herido.