Martes 20 de Enero de 2009
Buenos Aires.— Un fallo de la Cámara Federal que indica que las meras "corazonadas a veces incluidas dentro del concepto de «olfato policial»" no legitiman procedimientos policiales en los que falten los elementos "objetivos" que requiere la ley, se opone a otro dictado con relación al mismo tema por la Cámara del Crimen porteña.
En diciembre pasado, los camaristas federales Jorge Ballestero y Eduardo Farah sobreseyeron a un joven requisado y detenido al constatarse que llevaba una escasa cantidad de drogas y declararon la nulidad de procedimiento policial por carecer los efectivos de motivos valederos para detener al imputado.
El hecho juzgado ocurrió el 9 de mayo último cuando agentes de la comisaría 36 distinguieron en la esquina de Lafuente y Velázquez, de la Capital Federal, a un joven que, "al percatarse de la presencia policial, cambió raudamente de sentido por la cual venía caminando".
"Los motivos previos que resultan los fundamentos en los que deben apoyarse los procedimientos policiales no resultan suficientes para justificar la detención", dijeron los camaristas al considerar que los uniformados se excedieron, ya que interceptaron al joven sólo "por haber cambiado el sentido de su circulación".
Con un criterio dispar la Cámara del Crimen considerón que un motociclista que, "al observar la presencia del móvil policial, puso en marcha el rodado y se alejó del lugar" sí podía ser demorado por los efectivos.
En esa ocasión, los policías advirtieron que el conductor de la motocicleta que aguardaba en la intersección de Caboto y Olavarría al ver a los pesquisas arrancó y pretendió irse del lugar. Para la Cámara, esa conducta "comporta una sospecha razonable que justificó la intervención para identificar a quien salía de la casa ubicada en Caboto 1320, que iba, presuntamente, a encontrarse con el motociclista que acababa de irse.
Ante la detención, este hombre "se tornó agresivo, al punto de trabarse en lucha con los preventores y extrajo un arma de fuego que arrojó al suelo". Por el contrario, en el caso del sobreseimiento, los jueces explicaron que hacen falta elementos "objetivos" para autorizar la requisa, ya que "las meras corazonadas a veces incluidas dentro del vago concepto de «olfato policial» no bastan para legitimar la conducta invasiva". l (Télam)
Lo contrario. El fallo de la Sala I de la Cámara Federal se opone a otro dictado por la Cámara del Crimen porteña. Este último, por el contrario, convalidó el "olfato policial" al aludir a la "urgencia y dentro del marco de una actuación prudente y razonable del funcionario policial en el ejercicio de sus funciones específicas".