Domingo 16 de Agosto de 2009
La causa penal por la grave lesión genital que una joven discapacitada de 14 años sufrió durante su internación en el Sanatorio de Niños en enero de 2005 fue archivada sin que se esclareciera la causa del desgarro vaginal que padeció la chica. El caso provocó una cerrada controversia entre el establecimiento privado, que denunció que la menor sufría abusos sexuales crónicos, y los padres de la chica, quienes aseguran que fue violada dentro de la sala de terapia intensiva.
La jueza de Instrucción Raquel Cosgaya archivó las actuaciones respecto de doce empleados del sanatorio —médicos, enfermeros, mucamas, un cirujano y una ginecóloga— que no estuvieron imputados de delito alguno pero habían prestado una declaración informativa, una figura intermedia entre la indagatoria y el simple testimonio como testigo. Lo hizo al no encontrar modo de probar qué causó el desgarro de periné sufrido por la chica mientras estaba en coma farmacológico tras una cirugía de cráneo.
También adoptó esa medida respecto del padre de la menor, que había sido interrogado en iguales términos por haber visitado solo a la chica la noche en que sufrió el desgarro (iba fuera de horario por razones laborales) y ante la sospecha, referida por el sanatorio, de que sufriera abusos sexuales crónicos. No obstante, la jueza consideró probado por pericias médicas que la chica tenía en su zona genital rasgos de abuso sexual crónico, por lo que le dio intervención a un juzgado de familia y a un asesor de menores por el estado de indefensión de la chica. La menor es discapacitada motriz e intelectual y desde la cirugía no volvió a hablar.
"Puede afirmarse que, conforme a la experiencia, la situación de abuso de los menores de edad generalmente lo es dentro de su ámbito familiar y relacional más cercano", planteó la magistrada. Por ese motivo también dio cuenta de la situación al Consejo Provincial de Niñas, Niños y Adolescentes.
Sin motivos. Cosgaya intervino en suplencia al jubilarse el juez original de la causa, Jorge Eldo Juárez, quien antes de retirarse había dispuesto la indagatoria de un enfermero que estuvo de guardia la noche en que la chica sufrió la lesión y del cirujano que al día siguiente suturó el desgarro. La cirugía se practicó luego de que una enfermera advirtiera el corte en el periné de la chica al cambiarle el pañal.
Para la jueza no se advierten elementos en la causa que justifiquen esa medida. Con respecto al cirujano tuvo en cuenta que operó a la chica, le realizó un hisopado (que descartó la presencia de semen) y entregó la hoja quirúrgica al gerente del sanatorio, quien dio cuenta al juzgado de Menores en turno. Esa conducta, para la jueza, no consistió en un entorpecimiento de la investigación. Tampoco encontró motivos para incriminar al enfermero. La fiscalía apeló esa decisión y el expediente quedó en manos la fiscal de Cámaras Cristina Rubiolo, quien estudia el caso para emitir su dictamen.
Dos incógnitas. La investigación giró en torno a dos cuestiones: a qué obedeció la lesión sufrida por la chica dentro del sanatorio y si presentaba un hábito de coito antes de su internación. La lesión aguda que registró dentro del sanatorio fue un "desgarro perineal desde la mucosa vaginal posterior al orificio anal". No se pudo precisar qué la motivó, aunque una junta médica descartó la penetración como causa. Se produjo entre la noche y la mañana del lunes 10 de enero de 2005. La chica había entrado al sanatorio el 24 de diciembre anterior para su quinta operación de cerebro.
La joven víctima de esta compleja historia, de la que no puede hablar, vive en una casa de clase media con sus padres. Su mamá es docente y su papá atiende un comercio. Desde los tres años la nena fue tratada en el sanatorio de Alvear al 800, donde le detectaron un tumor maligno en el cerebro por el que fue sometida a cirugía, radiación y quimioterapia.
Este tratamiento le dejó múltiples secuelas y alteró su desarrollo. Pese a tener 15 años al momento del hecho, pesaba 35 kilos. La radiación temprana le provocó problemas en el crecimiento, para caminar, diabetes y epilepsia. La operación fue para tratar un hematoma que le presionaba el cráneo tras golpearse la cabeza en su casa durante un ataque de epilepsia.
Una lesión, dos denuncias. La mañana del 10 de enero la enfermera de la sala de terapia fue a realizarle un cambio de pañal a la nena, que estaba sedada, y descubrió que tenía una hemorragia y lo comentó a la mamá, que aguardaba el horario de visita, que la nena estaba menstruando. La madre replicó que eso era imposible por una deficiencia hormonal debido a la radiación.
La enfermera convocó a una ginecóloga y luego de limpiarle la herida descubrieron que tenía un corte completo entre la vagina y el ano. Se dispuso anestesiarla para suturar la herida. A los padres le dijeron que iban a realizarle una "exploración vaginal". Los padres cuestionan que el sanatorio recién les comunicó que su hija presentaba un desgarro vaginal tras la sutura.
La jueza entiende que esa reserva era atendible, ya que en el quirófano, según declaró la ginecóloga, se detectó la ausencia total de himen y lesiones crónicas anales y vaginales propias del abuso sexual recurrente. La profesional sostuvo que "cuando vio a la paciente ya anestesiada, con las piernas en alto, no le cupo ninguna duda de que era un abuso crónico".
Con copias de la actuación médica y fotos tomadas antes y durante la cirugía, el sanatorio le dio intervención al día siguiente al entonces juez de Menores Jorge Zaldarriaga, quien prohibió que el padre permaneciera solo con la chica. Los padres, por su parte, denunciaron en la fiscalía en turno la lesión sufrida por la chica en el sanatorio y negaron terminantemente que sufriera algún tipo de abuso.
La definición. En base a las pericias médicas surgió como "improbable" en la causa que la lesión dentro del sanatorio obedeciera a penetración. El desgarro fue adjudicado a otras causas, como "presión ejercida por el mismo sobre la zona o maniobras digitales". Para la jueza tampoco puede descartarse, por fragilidad de los tejidos de la nena debido al uso frecuente de pañales, que la herida se produjera por las maniobras propias del cuidado de su cuerpo sin fines sexuales.
La jueza sí consideró demostrado que la chica presentaba lesiones de antigua data propias de abuso sexual frecuente (ver aparte). Pero con respecto al desgarro que ocasionó esta controvertida causa, a más de cuatro años, "no ha podido concluirse quién resulta autor presunto de la lesión y menos aún su intencionalidad sexual. No es posible validar la existencia de un abuso sexual como única causa de la lesión verificada, ni tampoco descartarlo", opinó antes de ordenar que el expediente vaya al archivo.