Anunciaron un nuevo juicio oral por el crimen de Walter Bulacio
El ex comisario Miguel Angel Espósito, imputado por la privación ilegal de la libertad de Walter Bulacio, el joven que murió tras ser detenido y alojado en una comisaría porteña luego de un recital de "Los Redonditos de Ricota" en 1991...

Miércoles 07 de Agosto de 2013

El ex comisario Miguel Angel Espósito, imputado por la privación ilegal de la libertad de Walter Bulacio, el joven que murió tras ser detenido y alojado en una comisaría porteña luego de un recital de "Los Redonditos de Ricota" en 1991, comenzará a ser juzgado el próximo mes.

Los jueces Rodolfo Goerner, María Deluca Giacobini y Alejandro Litvack, integrantes del Tribunal Oral en lo Criminal 29, serán quienes lleven adelante el debate en el que se recrearán los hechos ocurridos el 19 de abril de 1991, en el estadio de Obras Sanitarias, del barrio porteño de Núñez.

Esta es la tercera vez que se fija fecha para el inicio del debate (la anterior fue en junio de 2011) ya que se fue postergando a raíz de diversos planteos de la defensa de Espósito, ejercida por el penalista Pablo Argibay Molina.

El letrado insistió reiteradas veces ante los distintos jueces y tribunales que "la imputación contra el policía es nula" pues su asistido estaba autorizado para detener a Bulacio en base a normas y reglamentos entonces vigentes y que luego fueron declarados inconstitucionales.

Según constancias de las actuaciones, Bulacio, de 17 años, murió como consecuencia de un "aneurisma no traumático" tras ser alojado en la comisaría 35ª de la Policía Federal y Espósito fue sobreseído por el homicidio quedando vigente la acusación por la detención.

Los hechos ocurrieron el 19 de abril de 1991 en inmediaciones del estadio del Club Obras Sanitarias, de Núñez, donde se iba a desarrollar un recital de "Los Redonditos de Ricota". Centenares de personas que se dirigían al estadio fueron detenidas por la policía, entre ellas, Bulacio.

Quienes detuvieron a Bulacio en su momento invocaron el "Memorando 40", una disposición pergeñada por dos magistrados correccionales en 1967, que autorizaba a los comisarios a no dar intervención a la Justicia por la detención de un menor de edad (siempre que no fuera por un delito), cuando el propósito era entregárselo a los padres.

Tras años de presentaciones judiciales, el caso llegó a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que en septiembre de 2003 condenó al Estado argentino luego de que éste admitiera su responsabilidad por la violación al derecho a la vida y a la integridad física del adolescente.

En aquella oportunidad, la CIDH condenó al Estado argentino a indemnizar a la familia de Bulacio y a proseguir la investigación por el crimen. Sin embargo la causa fue cerrada. Pero en diciembre de 2004 la Corte Suprema de Justicia de la Nación ordenó su reapertura.

En septiembre de 2008, el entonces ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos de la Nación, Aníbal Fernández, echó a Espósito de la Policía Federal. Y en noviembre de ese mismo año, el ministro solicitó la colaboración del Consejo de la Magistratura para realizar un "exhaustivo" estudio sobre la conducta de los cuatro jueces que intervinieron en la causa: Víctor Pettigiani, Alicia Iermini, Facundo Cubas y María Maiza.