El Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) instruyó a las compañías
distribuidoras de gas por redes para que informen en detalle las excepciones dispuestas a la
aplicación del cargo fijo sobre la tarifa de gas, que significó un aumento en las facturas de hasta
el 400 por ciento para los segmentos de mayor consumo. Jubilados con ingreso mínimo, beneficiarios
de planes sociales o de subsidios por desempleo y habitantes de barrios Fonavi, no serán alcanzados
por este incremento.
Desde Litoral Gas informaron que recepcionarán los pedidos de exclusión en la
casa central de Mitre y San Lorenzo, pero también a través de las organizaciones sociales, la
Defensoría del Pueblo o las municipalidades o comunas que envíen la nota con el reclamo del
cliente.
El Enargas admitió que se produjeron casos de inclusión en el llamado Cargo Gas,
de usuarios que en principio "no deberían encontrarse alcanzados por la medida". Por eso, salió a
"puntualizar con mayor detalle los alcances de la aplicación de las exclusiones".
La nota del Enargas que define las excepciones señala que "en base al
conocimiento acabado de sus usuarios, las distribuidoras deben evaluar los casos de exclusión con
criterios amplios, interpretando los casos de duda a favor del usuario". Los casos de exclusión
inmediata son los siguientes:
u Tener el domicilio afectado a actividades de índole social: hogares
sustitutos; comedores comunitarios; centros de recuperación.
u Domicilios comprendidos en programas de barrios Fonavi o Promeba u otros
localizados en zonas de bajos recursos.
u Ser beneficiario (titular) de un plan social otorgado por la Nación o por las
provincias.
u Ser jubilado o pensionado con ingresos mínimos, o cuyos ingresos no resulten
adecuados para hacer frente al pago del cargo.
u Ser beneficiario de un subsidio por desempleo.
u Contar con certificado de discapacidad otorgado por un diagnóstico que amerite
un uso intensivo de gas.
Las distribuidoras también deberán contemplar posibles exclusiones del pago del
"cargo gas", a los usuarios que acrediten personas o familias carenciadas; dificultades económicas
por bajos ingresos del grupo familiar; situación laboral desfavorable del titular; varias viviendas
o grupos familiares con un solo medidor. . También se excluirán las características edilicias
desfavorables que implique la utilización de un mayor consumo de gas, y el alto consumo de gas
motivado por problemas de salud comprobables.
Según se informó, las solicitudes de exclusión que ameriten análisis, deberán
tener un tratamiento decisorio por parte de la distribuidora, en no más de tres días hábiles.
Durante ese período, las distribuidoras deberán abstenerse de interrumpir el suministro a los
usuarios.
El Enargas indicó que para el cumplimiento de las evaluaciones, la distribuidora
podrán recabar información de sus usuarios tal como la titularidad de servicios de televisión por
cable o telefonía celular, sin que ello implique el otorgamiento automático de una resolución
negativa a la solicitud. Esta situación se generó en las primeras presentaciones de exclusión
presentadas en Litoral Gas.
Las distribuidoras deberán notificar a los subdistribuidores de su área sobre
los procesos y las acciones que se desarrollen sobre esta cuestión y también deben llevar registros
pormenorizados acerca de los reclamos recibidos y del tratamiento decisorio de los mismos. Además,
tendrán que elevar semanalmente al Enargas la actualización del listado de los casos de
exclusión.