Sábado 28 de Febrero de 2009
El padre de Eluana Englaro y otras 13 personas fueron acusadas de homicidio voluntario por la muerte de la mujer, luego de que se le desconectó la sonda que la mantenía artificialmente con vida, tras una agonía de 17 años, informó ayer la fiscalía de Udine, en Italia.
El fiscal Antonio Biancardi informó sobre la apertura de una investigación contra Beppino Englaro y el equipo médico que puso en práctica la desconexión de Englaro —mantenida en estado vegetativo durante 17 años— autorizada por la Suprema Corte, en la clínica La Quiete, de Udine.
Biancardi sostuvo que "la indagación es un acto necesario" luego de que fueron presentadas varias denuncias contra el padre de Eluana y otras 13 personas, entre ellas el anestesista Amato De Monte, quien encabezó el equipo que interrumpió la alimentación e hidratación artificial de la mujer.
. Según la prensa, la organización católica Verdad y Vida presentó una de las denuncias, pero también otras asociaciones lo hicieron.
El quinto mandamiento. Por su parte, el cardenal mexicano Javier Lozano Barragán, presidente del Consejo Pontificio para la Pastoral de la Salud, declaró que "tenemos un mandamiento, el quinto, que dice «no matarás». Quien mata a un inocente comete un homicidio y esto es claro. Si Beppino Englaro mató es un homicida; si no mató a Eluana entonces no es un homicida".
"Me parece todo claro, afirmo el principio que en la ley de Dios el quinto mandamiento dice «no matarás»", concluyó el purpurado.
El caso, que ahora imputa entre otros al anestesista de Eluana, Da Monte, y varios enfermeros, llega un día después de que Giuseppe Englaro tuviera que salir a defender al anestesista de su hija y a dos periodistas por las investigaciones que estaba desarrollando la fiscalía en torno a unas fotografías de su hija.
Englaro afirmó a través de una nota de sus abogados que las fotografías de su hija en la clínica donde fue desconectada fueron tomadas con su permiso.
Los abogados de Giuseppe Englaro afirman que "las fotografías relativas a Eluana, cuando estaba ingresada, fueron autorizadas en el ejercicio de la potestad del tutor y, por lo tanto, en el ejercicio de un poder privado, con el fin de documentación clínica.