Jueves 05 de Septiembre de 2013
La Sala IV de la Cámara de Casación Penal, integrada por los jueces Mariano Hernán Borinsky y Gustavo Hornos, condenó a 6 años de cárcel a S.M.P., un joven acusado de matar a un chico de 15 años al que apuñaló con una navaja en enero de 2007, cuando aún era menor de edad. Para dictar el polémico fallo, los jueces consideraron "el buen nivel socio cultural" y el hecho de "carecer de los problemas de la gran mayoría de los jóvenes en conflicto con la ley penal".
El 8 de abril de 2010 el joven había sido absuelto por el Tribunal Oral de Menores 1 que lo juzgó por homicidio simple. La sentencia fue apelada por la fiscalía, que reclamó la imposición de 7 años y medio debido a las "graves características" del caso, sumado a la falta de arrepentimiento. Por su parte, la querella destacó que "después de haber protagonizado tan aberrante hecho, el imputado haya llegado a su casa, haya lavado el arma homicida con alcohol para eludir toda posibilidad de compromiso y que luego en complicidad con sus familiares se haya refugiado en una ciudad balnearia para evitar ser atrapado". También adujo que el chico no demostró arrepentimiento durante su tratamiento a disposición tutelar.
S.M.P. estuvo tutelado desde enero de 2007 hasta diciembre de 2009, fecha que entró en vigencia la ley 26.579 y se declaró extinguida esa tutela. El joven es de una familia con recursos económicos y culturales: su padre es comerciante y abogado, y su madre, también comerciante.