Viernes 20 de Agosto de 2021
El Ministerio de Trabajo de la Nación extendió para el mes de agosto el Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadoras y Trabajadores Independientes (Repro II) en sectores críticos, para los salarios devengados este mes, a través de la resolución 486/2021 publicada hoy en el Boletín Oficial.
De esta manera, el gobierno extiende el subsidio a los salarios del sector privado, aunque en esta oportunidad la norma establece algunas modificaciones respecto de la anterior versión, fundamentalmente en el cotejo con el cual se realiza la comparación de caída de actividad, que es un requisito para acceder al beneficio.
La norma establece que estos trabajadores deberán cumplir con el conjunto de indicadores económicos, financieros y laborales, fijados para el criterio de selección, que hasta ahora se comparaban interanualmente y pasan a hacerse contra 2019.
Los indicadores son la variación porcentual de la facturación, del IVA compras, del consumo de energía eléctrica y gasífera, de la relación entre el costo laboral total y la facturación, y de las importaciones, el endeudamiento (pasivo total / patrimonio neto) y la liquidez corriente (activo corriente / pasivo corriente).
En este caso, para medir los indicadores, excepto los de endeudamiento y liquidez corriente, el período de referencia para la variación porcentual son los últimos dos meses anteriores al mes en el cual el Repro II brinda la asistencia y los mismos meses de 2019.
Por otra parte, la resolución exceptúa a los sectores críticos, para el mes correspondiente a los salarios devengados en agosto, de la presentación del balance requerido.
Además, señala que, para acceder al beneficio de $ 22.000, la trabajadora o el trabajador independiente deberá presentar una reducción de la facturación superior al 20% en términos reales, para el período comprendido entre julio de 2019 y el mismo mes de 2021, cuando hasta ahora se tomaba abril de ambos años para su comparación.