La reforma laboral sumó otro traspié en la Justicia

Un juez federal de San Martín aceptó una medida cautelar presentada por el gremio de los mercantiles. Suspendió por seis meses la aplicación de dos artículos que afectan la ultraactividad y los aportes

19:18 hs - Sábado 28 de Marzo de 2026

A un mes de su sanción, la reforma laboral sumó un nuevo dictamen judicial en su contra. En la tercera resolución de este tipo, la Justicia federal ordenó al Estado nacional abstenerse de aplicar las modificaciones que limitaban la ultraactividad de los convenios y establecían nuevos topes a los aportes sindicales.

La decisión fue tomada por el Juzgado Federal N° 2 de San Martín, a partir de una medida cautelar solicitada por la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (Faecys). La definición se tomó sobre los artículos 131 y 133 de la nueva ley. En principio, la vigencia de la resolución judicial será de seis meses, lo que asegura la continuidad de todas las cláusulas convencionales y establece que las empresas deben mantener la retención y el depósito de las contribuciones solidarias pactadas.

El juez federal Elpidio Portocarrero argumentó en su fallo que los artículos suprimidos pueden “incidir sobre la autonomía colectiva y el normal desenvolvimiento de las asociaciones sindicales” y advirtió que “suscitan interrogantes razonables en torno a su alcance e impacto sobre el sistema de negociación colectiva”.

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La ultraactividad refiere a un régimen que permite que un convenio colectivo de trabajo continúe vigente incluso después de su fecha de vencimiento, hasta que se negocie uno nuevo. En tanto que el tope a los aportes sindicales sancionado por la ley establecía un límite del 2% de los salarios de los trabajadores.

Efectos suspensivos

La resolución ordena al Estado nacional que se abstenga de aplicar estas modificaciones. De esta manera, según el gremio de empleados de Comercio, se asegura la continuidad de todas las cláusulas convencionales y queda establecido que las empresas deben mantener la retención y el depósito de las contribuciones solidarias pactadas.

La medida judicial resulta clave para evitar un escenario de desfinanciamiento que pondría en riesgo la estructura operativa de los sindicatos y la prestación de servicios esenciales. Al frenar estos artículos, se asegura el sostenimiento de los beneficios sociales, las capacitaciones y la cobertura de salud que los trabajadores mercantiles reciben a través de sus delegaciones y de la obra social.

Al respecto, el secretario del gremio, Armando Cavalieri, señaló que “este fallo es un acto de justicia que defiende la dignidad de los trabajadores mercantiles y nuestra autonomía para negociar”. A su vez, manifestó: “No vamos a permitir que, bajo la excusa de una modernización, se intente asfixiar a los sindicatos y recortar derechos históricos”.

Cerró con la idea de que “defender el financiamiento” del sindicato es “defender la salud de la familia de comercio y nuestra capacidad de diálogo para proteger el salario en todo el país”.

La reforma laboral sancionada a fines de febrero ya suma tres resoluciones contrarias de la Justicia.

El primer fallo se conoció el 12 de marzo, cuando el juez Ricardo Gileta declaró la inconstitucionalidad del artículo 55. Este refiere a los juicios laborales y determina un límite máximo de la actualización de las deudas por procesos en curso, contemplando la inflación más un adicional del 3% anual y un mínimo del 67% de ese cálculo.

Posteriormente, el 17 de marzo el titular del Juzgado Nacional del Trabajo Nº 30, Herman Mendel, suspendió la transferencia del fuero laboral a la órbita de la ciudad de Buenos Aires. Tomando una causa iniciada por el gremio de judiciales, dictó una medida cautelar que suspendió lo establecido por la ley “hasta el dictado de la sentencia definitiva”.

Paritarias a prueba

Estas sentencias se conocen en medio del período de renovación de acuerdos salariales. Por caso, el mismo gremio mercantil acaba de anunciar que pactó con las cámaras empresariales un incremento de 5% en tres tramos.

Se aplicará sobre las escalas de las remuneraciones básicas del convenio, a cuyo efecto se tomará como base de cálculo los valores expresados para el mes de marzo de 2026, más las sumas no remunerativas a dicha fecha.

La suba se abonará de acuerdo al siguiente detalle: 2% a partir de abril; 1,5% a partir de mayo y 1,5% a partir de junio. Por otra parte, se pactó el otorgamiento de una suma fija no remunerativa de $20.000.

El acuerdo fue firmado con la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (Came), la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (Udeca) y la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (Faecys).

Días antes, la Federación Gremial del Personal de la Industria de la Carne y sus Derivados acordó una recomposición salarial acumulativa de marzo a junio de este 2026. Los incrementos se aplican sobre las escalas salariales vigentes para mejorar los ingresos remunerativos de los trabajadores del sector cárnico. Los porcentajes establecidos en el acta de acuerdo, con carácter acumulativo, son: marzo 3,8%, abril 3,1%, mayo 3,1% y junio 2,8%.

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Por otro lado, la Unión Obrera Metalúrgica (UOM) firmó el acuerdo paritario que puso fin a la negociación salarial del período abril 2025–marzo 2026 y confirmó los aumentos y sumas fijas que percibirán los trabajadores del sector. El entendimiento rigió hasta marzo de 2026 y se mantiene vigente en abril mientras se aguarda una nueva actualización. El acta fue rubricada por los paritarios del sindicato y representantes de las cámaras Adimra, Afarte, Caiama, Fedehogar, Afac y Camima.

Según informó el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec), los salarios registrados subieron 2% en enero mientras que la inflación fue del 2,9% en ese mes. De esta manera, marcaron su quinta caída mensual consecutiva de poder adquisitivo, acumulando un baja del 7,9% real en el gobierno de Javier Milei.