La Cámara Federal porteña revocó ayer el procesamiento y dispuso la falta de mérito del CEO de Techint, Paolo Rocca, en la causa de los cuadernos de las coimas, al tiempo que reprendió al juez de primera instancia, Claudio Bonadio, por hacer "caso omiso a exhortaciones" de ese tribunal de alzada.
Los jueces Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi, de la Sala I del tribunal de apelaciones, encomendaron también a Bonadio "la inmediata elevación a juicio de los tramos ya concluidos y a resolver las cuestiones pendientes", según consta en el fallo.
En la resolución, los camaristas confirmaron las prisiones preventivas del ex ministro de Planificación Julio De Vido y de su segundo, Roberto Baratta, y ordenó liberar al otrora secretario del ex viceministro Nelson Lazarte.
Otra de las decisiones del tribunal fue el cambio de calificación del delito atribuido al ex jefe de Gabinete Juan Manuel Abal Medina en la causa de los cuadernos: lo sacó de la asociación ilícita y le atribuyó cohecho pasivo (recepción de sobornos), que tiene una pena menor.
A su vez, confirmó los procesamientos de Carolina Pochetti, viuda de Daniel Muñoz y del resto de los acusados por maniobras de lavado de dinero, que tuvieron su eje en quien fue secretario privado del fallecido ex presidente Néstor Kirchner.
El tribunal también ratificó el procesamiento de Isidro Bounine, ex secretario de la senadora nacional y ex presidenta Cristina Kirchner, pero le revocó la prisión preventiva.
En tanto, Oscar Centeno, el autor de los cuadernos que dieron origen a la megacausa de corrupción, pasó ayer por los Tribunales de Comodoro Py 2002 para reunirse con su abogado, el defensor oficial Gustavo Kollman, y declarar ante Bonadio y el fiscal Carlos Stornelli.
Centeno presentó un escrito en que el que insistió con su inocencia, explicó que no podía denunciar antes lo que veía porque nadie le iba a creer e iría contra las personas "más poderosas del país" y dio precisiones sobre su relación con Baratta, mano derecha de De Vido.
Arrepentidos
Paralelamente, la Cámara Federal de Apelaciones porteña confirmó que Bonadio puede decidir si acepta a arrepentidos, al rechazar un planteo realizado en su momento por Stornelli.
Al resolver sobre el caso puntual del imputado marplatense Osvaldo Parolari, el tribunal de alzada hizo hincapié en que la denominada ley del arrepentido establece "claramente que el magistrado de la causa, para aprobar el acuerdo de colaboración, no sólo debe realizar un control sobre el cumplimiento de los requisitos formales" sino analizar también si la información aportada "es útil" a la investigación en curso.