Otra más de Telecom
A partir del 2001, la empresa factura el ítem “impuestos varios, impuesto sobre créditos y
débitos en cuentas corrientes bancarias y otras operatorias, ley Nº 25413”. Hecha la consulta
a Telecom, expresan que es por orden de la Afip.
Domingo 20 de Enero de 2008
A partir del 2001, la empresa factura el ítem “impuestos varios, impuesto sobre créditos y débitos en cuentas corrientes bancarias y otras operatorias, ley Nº 25413”. Hecha la consulta a Telecom, expresan que es por orden de la Afip. Fui a la Afip a consultar, me dieron el texto de la ley, la que en su artículo 1º dice, entre otros, que “el impuesto se hallará a cargo de los titulares de las cuentas bancarias a que se refiere el inciso…”, no expresando en ningún lugar que se debe trasladar a los usuarios. En nuestro caso el pago de la factura es en efectivo. No poseemos cuenta bancaria, pero si así fuera pagaríamos doble impuesto, el generado por el débito y el cobrado por Telecom. ¿Alguien puede explicar el porqué? El monto es ínfimo, pero multiplicado por la cantidad de facturas de los clientes cautivos (es imposible, por ejemplo, conseguir la prestación de Telefónica) se transforma en una interesante cantidad. A la vez voy a presentar la denuncia en la CNC (Comisión Nacional de Comunicaciones) para saber qué explicación da la empresa.
LE 6.132.772
aschi397@hotmail.com
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