La investigación por la desaparición y muerte de Gerardo "Pichón" Escobar, el empleado de la Dirección de Parques y Paseos de la Municipalidad hallado sin vida en el río Paraná el 21 de agosto de 2015 después de haber sido visto por última vez una semana antes al salir de un boliche céntrico, tuvo un nuevo e inesperado giro. La Sala B de la Cámara de Apelación Federal resolvió ayer revocar el sobreseimiento de los cinco implicados en la causa, dictarles la falta de mérito y devolver el expediente al juzgado de origen para que se siga investigando en qué circunstancias falleció el muchacho.
La medida, que lleva la firma de los camaristas Elida Vidal y José G. Toledo, fue tomada con alivio por los familiares y allegados a "Pichón", quien de esta manera ven que su incansable lucha para saber la verdad aún no ha terminado y tienen todavía un largo camino por recorrer; y con cierto recelo por los defensores de los acusados satisfechos cuando el juez federal Marcelo Bailaque dictó el sobreseimiento en agosto pasado.
Primeros pasos. El 14 de agosto de 2015 "Pichón" Escobar salió de madrugada del boliche La Tienda,en Tucumán al 1100, y su rastro se perdió durante una semana, hasta que su cuerpo fue hallado en el río Paraná. Según los primeros datos de la pesquisa el muchacho fue golpeado por uno de los custodios del lugar y por haber dañado el auto de la encargada del local, de acuerdo a lo que quedó registrado en una cámara de vigilancia de la zona.
La investigación inicial estuvo a cargo de los fiscales Marisol Fabbro y Rafael Coria, de la Justicia provincial, y concluyó con cinco imputados. Uno de ellos, el patovica Cristian Vivas, al que le endilgaron el homicidio. Los otros cuatro fueron imputados de encubrimiento: los custodios César Ampuero y José Luis Carlino; y los policías Luis Noya y Maximiliano Amiselli,quienes cubrían adicionales en el lugar. Ahora todos ellos están en libertad, con falta de mérito y bajo una nueva investigación.
Las cámaras cercanas a La Tienda mostraron cómo Escobar sale tambaléandose del local y en la calle es retenido por un grupo de personas que lo golpea. Los querellantes que representan a la familia de Pichón señalaron que, tras ello, hubo policías que lo llevaron de modo clandestino a la comisaría 3ª y lo mantuvieron allí cautivo. Adujeron también que una vez que falleció, su cuerpo sin vida fue arrojado al río. Por ese planteo pidieron que el caso se investigara en la Justicia federal como desaparición forzada de persona, para lo que contaron con el aval del Defensor General de la provincia, Gabriel Ganón, y lo que después de un largo trámite fue admitido en la Justicia provincial.
Cambio de fuero. El expediente recayó en manos del juez federal Marcelo Bailaque, quien en agosto pasado absolvió a los cinco implicados al entender que "no hay nada con lo que se pueda culpar a las personas que estuvieron presas" durante el año que transcurrió desde el hecho a esa resolución.
En un extenso escrito, el juez federal señaló que "por declaraciones de testigos que no son ni amigos de Escobar ni trabajadores de La Tienda se puede afirmar que Pichón estaba errático, como ebrio, con la mirada extraviada". Asimismo indicó que, según testigos, "cuando Pichón salió del boliche intentó abrir las puertas de vehículos estacionados", entre los cuales estaba el de la encargada del boliche.
En ese orden, Bailaque dice que "en esos momentos hay sobre Escobar, de parte de Vivas (acusado del homicidio) un comportamiento indiferente". Cuando finalmente sale a seguir a Pichón, Vivas "hace señas para frenar el paso de una patrulla de la Policía Federal, es decir, acude a la fuerza pública". Y aunque posteriormente "es tomado por una cámara que muestra que le pega una patada a Escobar, la lesión que pudo provocarle —subraya el juez— es de carácter leve" (ver aparte).
El juez aludió también al informe de autopsia para definir que "no hay evidencia concluyente de que Escobar haya llegado muerto al agua". Rechazó que se dé por sentado que Pichón haya recibido una golpiza "cuando todos los estudios realizados sobre el cuerpo descartan tal posibilidad" y cuando "no presenta signos de haberla recibido".
"Otra cosa que la Fiscalía afirma sin fundamentar —prosigue el juez— es que los informes toxicológicos demuestran que pasó un largo período entre la supuesta «golpiza» y el momento en que Escobar fue arrojado al río sin vida, cuando en realidad no está demostrado ni que haya pasado un largo período, ni la extensión que habría tenido, ni que fue arrojado al río ya sin vida".
También descartó que haya evidencia de que Pichón fue llevado en un patrullero a la comisaría 3ª. "El hecho de que no conste en el libro de guardia de esa seccional el ingreso de un detenido no es un argumento que demuestre que, en efecto, estuvo allí", dijo el magistrado. Y dictaminó que es irrelevante que el GPS del teléfono celular del patovica Vivas lo ubique en una zona portuaria tres días después de la desaparición de Escobar dado que no hay una indicación precisa de cuál es la antena que lo tomó y, por lo tanto, su proximidad real con la zona de los incidentes. Por lo tano eso no es indicio incriminatorio.
Prematuro. La decisión de Bailaque fue apelada tanto por la Fiscalía como por la querella y el expediente llegó a la Cámara Federal que se expidió ayer. Tras rebatir todos y cada uno de los puntos sostenidos por el juez, en sus principales argumentos,los camaristas descartan que Bailaque haya actuado "en forma arbitraria" y "conculcando garantías constitucionales", por lo cual desestiman su apartamiento tal lo solicitado por las partes.
Asimismo, fundamentan la revocación de los sobreseimientos al entender que "es un pronunciamiento prematuro". Y explican que "el carácter irrevocable que se enunció en la causa requiere que se encuentre concluida la investigación respecto de los individuos de los cuales se afirma su estado de inocencia; que no se encuentren motivos para dictar sus procesamientos; y que, además, existan razones para anular vínculo procesal entre los sujetos y la causa definitivamente", todos elementos que el magistrado no da por cerrados al creer que "no se han despejado todas las dudas para fundar un procesamiento como para disponer el sobreseimiento de los mismos".
Finalmente expresa que "la ponderación del conjunto de las referencias efectuadas (por las partes) ameritan por el momento no desvincular a los encartados de la presente causa, debiendo extremarse todos los recaudos tendientes a profundizar la investigación".