El diputado provincial Jorge Henn presentó días atrás dos proyectos de ley para que fiscales y jueces de familia puedan ordenar secuestros preventivos de armas de fuego en situaciones de conflictos interpersonales. La iniciativa modificaría un artículo del Código Procesal Penal (CPP) de la provincia y otro de la ley de violencia familiar, apunta a adecuar el marco normativo a los programas de prevención de la violencia a implementarse.
"El CPP faculta el secuestro a los fines probatorios y si bien los fiscales pueden incautar por precaución, incorporamos el derecho de secuestro preventivo como deber del fiscal ante a una situación de conflicto interpersonal. Lo mismo para el juez en un caso de violencia familiar", explicó el legislador de UCR Neo, para agregar: "La idea es potenciar la prevención. Porque muchos casos de violencia con armas tiene como antecedentes una serie de denuncias previas. En este caso, si en el marco de un conflicto barrial o familiar se detectan armas la Justicia las puede secuestrar, sean o no legítimas, sean o no parte del material probatorio, con fines de prevención".
Todas. Uno de los proyectos consiste en modificar el artículo 240 de la ley 12.734, es decir el Código Procesal Penal de la provincia. Ese texto establece que el fiscal puede "disponer en caso de urgencia el secuestro de aquellas cosas relacionadas con el delito, las sujetas a decomiso o las que puedan servir como prueba". Para el caso, la modificación propuesta por el proyecto agrega que "en todos los procesos por amenazas, violencia familiar o de género, o cualquier otro delito derivado de situaciones de conflictos interpersonales, el fiscal deberá disponer el secuestro de las armas utilizadas en el hecho, como también de aquellas armas de fuego de las cuales el denunciado fuera tenedor o poseedor".
En los fundamentos de la presentación del proyecto legislativo se sostiene que la idea "pretende potenciar las posibilidades de fiscales para secuestrar preventivamente armas de fuego" como un "gran primer paso para lograr una política integral de convivencia". Aclara que las facultades conferidas por el artículo 240 a los fiscales también deben ser otorgadas a los adjuntos.
En ese sentido, el diputado Henn sitúa la iniciativa como un mecanismo de prevención de hechos violentos. "Se introduce una facultad-deber de vital importancia para la erradicación de hechos de extrema violencia que son ocasionados por conflictos interpersonales, al disponerse que en los procesos penales el fiscal deba disponer el secuestro de armas, en delitos vinculados a amenazas, violencia familiar o de género, o cualquier otro derivado de situaciones de conflictos interpersonales".
"Esta medida significa —añade el texto— una herramienta de fundamental importancia en aquellos escenarios en donde una rápida respuesta jurisdiccional pueda coadyuvar —frente a la presencia de un delito precedente— a evitar escenarios en los que la violencia ocasione daños irremediables o inclusive ponga en riesgo la vida de las víctimas".
Familia. La otra modificación propuesta por Henn consiste en la incorporación de un inciso f al artículo 5 de la ley de violencia familiar. "Al tomar conocimiento de los hechos motivos de la denuncia EM_DASHsostiene el texto propuesto para incorporarEM_DASH el juez librará oficio al Registro Nacional de Armas (Renar) requiriendo se informe si el denunciado posee autorización para tener o portar armas de fuego, las armas de que disponga y su lugar de guarda. El juez interviniente ordenará el secuestro preventivo de las armas de fuego y municiones que posea el denunciado, así como de otras armas de fuego que según las constancias de la causa pudiera presumirse se hallen en poder del denunciado".
Para Henn, esta modificación de la ley implica "dotar a los jueces de mayores facultades en beneficio de la seguridad ciudadana y contribuir a la construcción de convivencia".
"Sabemos —fundamentó el legislador— que en las situaciones de violencia se ponen en juego relaciones de poder y el uso de armas de fuego agrava la situación, es por ello que ante una denuncia vinculada a la violencia familiar, el secuestro preventivo de armas y municiones que posea el denunciado permitirá proteger a los integrantes de la familia víctima, en especial a las mujeres y niños que presentan más vulnerabilidad ante estas agresiones".
El diputado consideró esta medida de "vital importancia para la erradicación de hechos de extrema violencia al disponerse que los jueces de familia estén obligados al momento de tomar conocimiento de una denuncia no sólo de comunicar el hecho que motiva la denuncia al Renar y requerir informe sobre si el denunciado está autorizado para tener o portar armas de fuego, sino también de disponer el secuestro preventivo de las armas y municiones que posea el denunciado".
Primer paso. "El secuestro preventivo de armas de fuego en situaciones de violencia es el gran primer paso para lograr una política integral de convivencia. Lamentablemente, las armas son parte constitutiva de la matriz violenta que hoy envuelve nuestra sociedad", sostuvo finalmente Henn.