La Justicia admitió un recurso de hábeas corpus presentado por el Servicio Público Provincial de Defensa Penal (SPPDP) por el cual se impone un cupo de 25 plazas para alojar a detenidos, en forma transitoria, en la Alcaidía Mayor de la Unidad Regional XVII con sede en San Lorenzo.
La resolución judicial, que prohíbe además alojar a detenidos en comisarías u otras dependencias policiales durante más de diez horas, también ordena mejorar las condiciones de detención en la Alcaldía y adecuar un espacio para que las personas aprehendidas se puedan entrevistar con sus defensores.
Voceros de la SPPDP recordaron que el pasado 9 de junio la Defensoría Regional Rosario requirió al juez penal sanlorencino Eduardo Filocco la inhabilitación de todas las dependencias policiales de San Lorenzo para alojar a personas detenidas, excepto la Alcaidía que, no obstante, sólo debería ser de "uso transitorio para aprehendidos o detenidos hasta la intervención de un juez que decida en audiencia su situación procesal".
El pedido de la Defensoría, según indicaron, estaba fundado en situación de "hacinamiento en los penales de las seccionales sanlorencinas" así como en la intención de no utilizar más las comisarías como centros transitorios de detención para que los detenidos sean alojados en la órbita del Servicio Penitenciario (SP) santafesino.
En ese marco, el SPPDP inscribió los "numerosos casos de abusos de autoridad ejercidos por personal policial que sistemáticamente son denunciados por los detenidos en las audiencias" en el marco de la "deficiente preparación, formación y estructura del personal policial para el trato con personas privadas de la libertad".
Medidas
Días atrás, confirmó el SPPDP, el juez Filocco hizo lugar a un acuerdo entre este organismo y el Ministerio de Seguridad de la provincia en el marco del hábeas corpus. Además de declarar procedente el recurso, el magistrado ordenó una serie de medidas al titular de la URXVII.
En principio, se deberá respetar el cupo máximo de 25 detenidos en la Alcaidía y la prohibición de alojar detenidos en comisarías durante más de diez horas. Además la resolución indica que luego de dictada una prisión preventiva la policía tiene 24 horas para trasladar al detenido a una dependencia del SP; lapso en el que sólo puede estar en la Alcaidía siempre que eso no implique superar el máximo permitido.
La resolución también autoriza reingresos desde el SP "con una orden judicial" ya sea por acercamiento familiar o por salidas laborales o formativas. En tanto, se resolvió que las mujeres detenidas en el departamento San Lorenzo sólo podrán ser alojadas en el módulo 7 de la Alcaidía.