La Cámara de Apelaciones de Rosario remitió ayer al archivo la causa penal
abierta hace casi cinco años contra Tulio Adorna. Esto significa que el chico de 22 años, declarado
inimputable de los homicidios de su padre y su hermano, ya está liberado del control del Poder
Judicial. Este es, en definitiva, un caso cerrado.
Los camaristas dieron por válido el argumento que la
defensa estableció el año pasado: que el joven estaba recuperado clínicamente y que por ello es
innecesario prolongar la medida de seguridad psiquiátrica que se le había impuesto, en sustitución
de la pena que le habría correspondido en caso de ser imputable.
Lo hicieron luego de escuchar el dictamen favorable de un
médico y una pediatra que recomendaron la supresión del control psiquiátrico. Aunque para
declararlo inimputable hace dos años se había sostenido lo contrario, ahora el forense Carlos Elías
descartó la existencia de una enfermedad mental en el joven y, según el fallo, consideró diluida su
peligrosidad original.
Para los jueces Ramón Teodoro Ríos, Juvencio Mestres y
Adolfo Prunotto Laborde, la continuidad de la terapia en lugar de ayudarlo aumenta la
vulnerabilidad del joven. Lo mismo la prolongación del trámite judicial y la divulgación pública de
sus alternativas.
La discusión. El fallo que interrumpe el control judicial sobre Tulio Adorna se
produce a dos meses de que se dictara otro que recomendó lo contrario. En marzo pasado la jueza
María del Carmen Musa se opuso al archivo de la causa. Señalaba que ningún proceso diagnóstico
firme sugería la desaparición del trauma que detonó el estallido del chico del 4 de octubre de 2003
en la casa familiar de Funes, lo que implicaba persistencia de peligro para sí mismo y para
terceros. Musa aseguró no había constancia de la continuidad y la coherencia del tratamiento que
recibió el joven.
Hace una semana Tulio compareció en una audiencia en la
Sala II de la Cámara Penal que debía dirimir si la causa judicial seguía o iba al archivo. Estuvo
allí su defensor, Jorge Bedou- ret, y dos personas que participaron en todo el trámite del
seguimiento del joven: el citado Carlos Elías y Mirta Guelman. Estos últimos coincidieron, según
los jueces, en el diagnóstico de la recuperación de Tulio y en lo contraproducente de prolongar la
intervención judicial.
Los otros. No estuvieron en la audiencia otros profesionales, citados por la
jueza Musa, que llegaban a conclusiones distintas sobre eso. Por ejemplo la psicóloga Mónica
Rateni, que recomendaba la continuidad del tratamiento psiquiátrico, que el joven había abandonado
en el último período.
Esta especialista hablaba de falta de conciencia de la
enfermedad. Musa mencionaba en su fallo de hace dos meses que había abundantes y explícitas
manifestaciones de profesionales aludiendo a las dificultades que tuvieron para mantener al
muchacho en la terapia.
Uno de los motivos por los cuales Tulio no recibió condena
es porque se probó que padecía una enfermedad: Trastorno Borderline o Trastorno Límite de la
Personalidad (TLP).
Este cuadro implica inestabilidad en las relaciones, en la
afectividad, y una notable impulsividad. Por esto, para la jueza Musa, necesitaba tratamiento. El
asesor de Menores Luciano Corvalán y la fiscal María Isabel Más Varela habían coincidido con este
planteo.
La réplica. Los camaristas, no obstante, lo refutaron. Estimaron que es difícil que se renueve
el peligro de que Tulio reitere hechos que lo pongan en riesgo a él o a terceros. Lo consideran
exitosamente encaminado. Señalan que la situación que se presentó originariamente, y que detonó su
acto, no volverá a repetirse. Que cambió su edad y, con ello, el sistema neurológico y hormonal del
niño que protagonizó aquel acto. l