La institución del Colegio de Corredores Inmobiliarios de la Provincia de Santa Fe no es un hecho aislado de nuestra provincia. Es parte de un proceso nacional e internacional al que es necesario prestar atención.
La institución del Colegio de Corredores Inmobiliarios de la Provincia de Santa Fe no es un hecho aislado de nuestra provincia. Es parte de un proceso nacional e internacional al que es necesario prestar atención.
Es necesario prestar atención porque aún algunos nichos de opinión consideran que es un proceso reversible, un capricho político circunstancial o la consecuencia de la presión sectorial sobre el Poder Legislativo.
En la realidad observable, la colegiación es el reconocimiento social y estatal —en ese orden— de la necesidad de profesionalizar el corretaje inmobiliario. Dicho de otra forma, la sociedad y el Estado reconocen que se debe profesionalizar el sector del comercio que da un marco de concordia a la administración y transferencia de los bienes estratégicamente sensibles para los proyectos de vida de los ciudadanos, es decir, los inmuebles.
Los procesos de colegiación ya se han coronado legalmente en catorce provincias argentinas, que incluyen a las de mayor población y desarrollo económico, lo que dice a las claras del sentido nacional de esta apreciación.
Pero si levantamos la mirada, todos los países de América Latina están en el mismo proceso. Para tomar dos ejemplos de magnitud y emblemáticos, tanto Brasil como México tienen ya la mayoría de sus Estados con Colegios de Corredores Inmobiliarios. Y se vuelve a repetir, los Estados de mayor peso económico y demográfico.
Más allá de diferencias circunstanciales de organización institucional, el proceso de profesionalización del corretaje surge de la necesidad social, sin ningún acuerdo superestructural que lo haya promovido. El pueblo de cada nación está pidiendo la profesionalización y el control ético sobre esos profesionales.
Esto quedará demostrado en el próximo Congreso Internacional Inmobiliario a realizarse en Posadas, Misiones, el primero en su tipo a efectuarse en nuestro país, que contará con delegaciones de toda América.
Este proceso continental tuvo en nuestra provincia los siguientes hitos históricos:
1Promulgación de la ley 13.154 creando el Colegio de Corredores Inmobiliarios de la Provincia de Santa Fe, en diciembre de 2010.
2Constitución de la comisión organizadora en abril de 2011.
3Matriculación y jura de los primeros ochocientos colegiados.
4Primer acto eleccionario, y asamblea de asunción de las primeras autoridades.
5Asamblea de aprobación de estatuto del Colegio de Corredores, diciembre de 2011.
6Decreto del gobernador de aprobación del estatuto.
7Revocación por la Sala III de Rosario de la cautelar de no innovar sobre la obligatoriedad de la matrícula, dentro de la actuación de mera declarativa iniciada por el Colegio de Martilleros.
8Ordenanza del Concejo Municipal de Rosario, por la cual dispone la matriculación de corredor inmobiliario para el otorgamiento de la habilitación municipal de inmobiliarias.
9Ordenanza similar de San Lorenzo y otras localidades provinciales.
10Fallo de la Corte Suprema provincial que convalida la constitucionalidad de la ley 13.154, y en especial lo referido al plazo para la matriculación de los "corredores idóneos".
Queda claro que los tres poderes del Estado —Legislativo, Ejecutivo y Judicial— han intervenido y validado en nuestra provincia de manera irreversible este hecho social relevante que recorre América: la profesionalización del corretaje inmobiliario.
También las universidades han tomado debida nota de este proceso y están en vías de la profundización, reelaboración y extensión de los planes de estudio.
Hoy el Colegio de Corredores Inmobiliarios de la Provincia de Santa Fe sede Rosario tiene 1.300 profesionales matriculados. Hay decenas de sentencias de su tribunal de ética y más de una docena en curso, con apelaciones a la Cámara Penal, que ha ratificado su accionar. Y su tercer directorio está en pleno desarrollo de su gestión en aras al cumplimiento de la ley.
Sin duda que si la Municipalidad de Rosario ejercitase con vigor su propia ordenanza, y se actuase con decisión frente al ejercicio ilegal de la profesión, se tendría el efecto preventivo que evitaría los allanamientos a "inmobiliarias" sin profesionales responsables a cargo. Estas "inmobiliarias" incurren —cuanto menos— en abusos por los que la ciudadanía reclama, cuando no en defraudaciones lisas y llanas que impactan en la buena fe de la población, sin que haya un organismo profesional que controle su actividad.
Pero aun esto —contrario sensu— valida aún más el accionar del Colegio de Corredores en el proceso de profesionalización y fundación ética del corretaje inmobiliario, tal como lo piden espontáneamente los pueblos de América, para preservar la concordia social en la apropiación de su hábitat.
Obejciones a una norma. En la ley 27.251 existen dos artículos que son inconstitucionales. Las razones.
Julio Farah / Presidente del Colegio de Corredores Inmobiliarios de la provincia de Santa Fe, sede Rosario