La Empresa Provincial de la Energía (EPE) y la Municipalidad de Rosario deberán indemnizar con una suma cercana a los 200 mil pesos a una mujer de 66 años que en 2010 tropezó en una esquina y se quebró la muñeca.
Por Lucía Demarchi
La Empresa Provincial de la Energía (EPE) y la Municipalidad de Rosario deberán indemnizar con una suma cercana a los 200 mil pesos a una mujer de 66 años que en 2010 tropezó en una esquina y se quebró la muñeca.
En el lugar del accidente había una alcantarilla perteneciente a la EPE, cuya tapa estaba levantada y, además, la vereda estaba hundida. Los jueces resolvieron que, como no pudo determinarse cuál de esos elementos había hecho a caer a la víctima, las dos partes demandadas deberán hacerse cargo de la reparación económica que la mujer recibirá en concepto de daños por incapacidad, daños morales y gastos médicos.
De acuerdo con la demanda iniciada por María Ester C., el hecho que la llevó a demandar a la EPE y a la municipalidad ocurrió el 7 de noviembre de 2010, cuando ella tenía 60 años. Ese día, cerca de las 20.30, la mujer caminaba con su esposo por la vereda par de calle Córdoba al 2200 y, al llegar a la intersección con Alvear, tropezó con una tapa metálica rectangular que estaba rota en dos de sus puntas.
La tapa no tenía identificación y estaba hundida. Las baldosas de su alrededor estaban en desnivel respecto del resto de la vereda. Según el testimonio que la mujer brindó a la justicia, todo eso hizo que se cayera al piso y se fracturara la muñeca izquierda.
Tras el accidente María Ester fue a la guardia del sanatorio Mapaci, adonde le tomaron radiografías y le diagnosticaron "fractura distal de radio izquierdo". Luego fue sometida a una cirugía, le colocaron un tutor externo con cinco clavos que debió llevar por 45 días, durante los cuales sufrió infecciones en los orificios externos de la piel. Tuvo el brazo inmovilizado por siete semanas y debió realizar rehabilitación. De acuerdo con la causa, la mujer inició acciones legales contra la EPE y la Municipalidad al entender que la empresa de energía era la responsable de mantener la alcantarilla en condiciones, mientras que el municipio es el "guardián jurídico de las veredas y calles de la ciudad" y, por ende, el que debe garantizar que estén sanas.
En este sentido, reclamó una reparación económica por incapacidad parcial y permanente, daño moral y gastos médicos y farmacéuticos.
Las dos partes demandadas sostuvieron que el accidente se había producido por culpa de la víctima, por su falta de atención al caminar. Y además intercambiaron acusaciones cruzadas. La EPE sostuvo que la tapa estaba correctamente colocada pero que, como la vereda estaba hundida, la tapa sobresalía; por esto entendió que los únicos responsables eran el municipio y el propietario frentista. Desde la Municipalidad sostuvieron que si la tapa de hierro se encontraba levantada, era responsabilidad de la EPE colocarla a nivel. También acusaron al frentista de la falta de mantenimiento.
El juzgado Extracontractual de la 6ª Nominación —a cargo de los jueces Ignacio Aguirre, Horacio Allende y Analía Mazza— dio por probada la existencia del accidente y descartó que hubiera sido responsabilidad de la víctima. Sin embargo, consideraron que no se pudo determinar si María Ester había caído a causa de la tapa de la EPE levantada o de la vereda hundida. Por lo tanto, los magistrados resolvieron que ambas partes acusadas deberán responder ante la demandante.
En base a los elementos recolectados en la causa y a jurisprudencia en la materia, el tribunal resolvió que la EPE y la Municipalidad deberán indemnizar a María Ester C. con 44.500 pesos en concepto de "daños por incapacidad" —la mujer sufrió una disminución física del 10 por ciento—, 40 mil pesos por "daño moral" y 700 pesos por "gastos médicos y farmacéuticos". A este total de 85.200 pesos debe sumarse los intereses acumulados en estos seis años, por lo que la mujer percibirá una suma cercana a los 200 mil pesos.
Los costos de tener veredas rotas
No es la primera vez que la Municipalidad debe pagar una indemnización por no tener las veredas en condiciones. En 2015, un fallo le ordenó resarcir a un hombre que se lesionó al pisar un hierro que estaba en la vereda. La resolución también recayó sobre el consorcio del edificio frente al cual ocurrió el accidente. Meses después, la justicia la condenó a pagar a una mujer que en 2004 caminaba por una vereda del parque Urquiza, tropezó con una sobreelevación del piso y se golpeó la pera contra un banco.