Tras una batalla judicial de 12 años impulsada por los vecinos de barrio Refinería, el Juzgado Extracontractual Nº 6 determinó que esa zona de la ciudad fue contaminada por dos empresas cerealeras. Fue en el marco de una "acción de clase", es decir, una demanda impulsada por un grupo de personas que se vieron vulneradas en un mismo derecho, por lo que la resolución judicial tiene alcance general a todos ellos, en este caso, el derecho al medio ambiente. Ahora, el mismo juzgado deberá determinar cuál es el monto de dinero que cada uno de los 187 impulsores de la demanda —algunos, ya fallecidos— debe recibir.
Refinería surgió a partir de 1887 como una barriada obrera en torno de la "Refinería Argentina de Azúcar". Así, el nombre le llegó heredado por la empresa, pero en 1948 y mediante ordenanza, su denominación cambió a barrio Las Malvinas. El edificio donde funcionaba la firma tampoco tiene ya fines productivos. Desde hace años forma parte del cordón de opulentos edificios de Puerto Norte. Pero antes de que esas tierras tuvieran fines habitacionales, fue una zona portuaria. Las últimas cerealeras dejaron de funcionar en 2008. Para ese entonces, ya hacía tres años que los vecinos de la zona reclamaban judicialmente por el daño que la contaminación ambiental causaba a su salud.
"Los vecinos del barrio estuvieron durante años tragando polvo", sintetizó la abogada Milva Sánchez, que junto a su colega Nicolás Mayoraz llevaron a la justicia el reclamo de 187 personas que viven en la zona y decidieron que la única salida posible era la judicial.
De acuerdo con el expediente judicial, los vecinos reclamaban que "el barrio Las Malvinas de Rosario se encuentra desde hace años afectado en su medio ambiente por el funcionamiento en su entorno de industrias contaminantes".
Obsoletas
A lo largo de la investigación, los peritos que se acercaron a las cerealeras determinaron que sus instalaciones eran "obsoletas" y que existían deficiencias en lo que respecta al filtrado de deshechos para evitar que pasaran al aire.
Las empresas contra las que se inició la demanda fueron dos: Servicios Portuarios SA y Agroexport Servicios SA. Y también apuntaron contra la Municipalidad de Rosario, a la que interpelaron para que interviniera en resguardo de la salud y la calidad de vida de la población. Este último reclamo no prosperó.
El juez de trámite de la causa, Horacio Allende Rubino —integrante del Juzgado Extracontractual Nº 6 junto a sus pares Eduardo Oroño e Ignacio Aguirre— hizo lugar a una "acción de clase" de los vecinos y declaró que en ese barrio ha existido contaminación ambiental a causa de la acción de las dos empresas.
Con esto, la Justicia entendió que los 187 vecinos que iniciaron la demanda estaban siendo vulnerados en un mismo derecho: el derecho al medio ambiente y, por consiguiente, a la salud. Entre sus argumentos, el magistrado destacó que el derecho al ambiente es un Derecho Humano consagrado por la Constitución Nacional y pactos internacionales rubricados por la Argentina.
Una vez que el fallo quede firme, el mismo juzgado deberá evaluar cual es el monto resarcitorio que recibirá cada uno de los demandantes.
Según la letrada, solicitarán que se evalúen las limitaciones en el uso de sus propiedades que los vecinos han tenido a causa del constante polvillo y el clima contaminado, el daño de su salud y el psicológico y moral que han debido pasar a causa de las muertes por cáncer que ha habido en la zona.