El modelo único digital de liquidación de expensas podrá adecuarse a las condiciones de cada consorcio pero debe respetar sin excepción la información obligatoria como:
El modelo único digital de liquidación de expensas podrá adecuarse a las condiciones de cada consorcio pero debe respetar sin excepción la información obligatoria como:
BULLET_CHARACTER Datos del administrador (nombre, domicilio, teléfono, Cuit o Cuil, número de inscripción en el registro).
BULLET_CHARACTER Datos del consorcio, con el número de Cuit y clave de identificación en el Sindicato Unico de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (en caso de corresponder).
BULLET_CHARACTER Detalle de los ingresos y egresos del mes anterior y el activo o pasivo total.
BULLET_CHARACTER Nombre y cargo del personal del consorcio, indicando categoría del edificio, número de Cuil, sueldo básico, horas extras detalladas, período al que corresponde el pago, detalle de descuentos y aportes por cargas sociales a cargo del consorcio (en caso de corresponder).
BULLET_CHARACTER Detalle de los pagos por suministros, servicios y abonos a contratistas, indicando trabajo realizado, importe total y en su caso, cantidad de cuotas y número de cuota que se abona.
BULLET_CHARACTER Detalle de pagos por seguros, indicando nombre de la compañía, número de póliza, tipo de seguro y número de la cuota que se abona.
BULLET_CHARACTER Detalle de los honorarios por administración, importe total y período al que corresponde, en caso de corresponder.
BULLET_CHARACTER En caso que existieran juicios por cobro de expensas o por otras causas en los que el consorcio sea parte, se indicará en la liquidación mensual todos los datos del mismo (número de juzgado interviniente y expediente, carátula, objeto y estado) y capital reclamado.
BULLET_CHARACTER Incluir el resumen de movimientos de la cuenta bancaria del consorcio correspondiente al mes anterior (en el caso de corresponder).
Los administradores de consorcios deben enviar a los copropietarios por correo electrónico las liquidaciones de expensas en formato digital, "acompañando la digitalización de todos los comprobantes respaldatorios", señala en su artículo 2º de la ordenanza.
Los copropietarios individualmente o en conjunto podrán solicitar al administrador que sustituya el envío en formato electrónico por el de una versión impresa.