05-01-10 |
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Sobre la autonomía de los municipios

El Poder Ejecutivo de Santa Fe envió a la Legislatura un Proyecto de Autonomía Municipal, sosteniendo entre otros argumentos valederos que la descentralización que propugna se entienda como "devolución de autoridad" a los órganos locales de gestión (La Capital, 24 de diciembre de 2009). La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756 estableció un sistema autonómico en lo administrativo, financiero e institucional, como derecho de los municipios, sujeto sólo a la libre determinación de éstos, consistente en el dictado de su propia ordenanza de ejecución. Esta norma bien intencionada fracasó porque ningún municipio de la provincia ejerció su derecho por múltiples motivos, entre ellos "la mala praxis política", consistente en utilizar la justicia gratuita de los tribunales provinciales como acicate para retacear recursos genuinos de los municipios. Con ello provocaron la abdicación de los municipios al ejercicio de la autonomía que les acordaba la ley y generaron a su vez el deterioro constante de la función judiciaria que hoy padecemos. La ley que dicte la Legislatura, además de incluir la autonomía política, deberá imponer a los organismos locales de gestión la ejecutabilidad de sus propios créditos fiscales por vía administrativa, como lo hace la ley 2756, en beneficio del propio interés municipal, pero no como "derecho" sino como "deber institucional emergente de la autonomía", evitando recaer en el fracaso antes mencionado y coadyuvando además al descongestionamiento de los tribunales provinciales en aras de la celeridad de la Justicia.

José Simón Perisset LE 6.160.807 Carcarañá

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