En la llamada "Masacre de Pompeya" Fernando Carrera protagonizó un hecho en el que hubo una balacera policial y su auto arrolló a varias personas, causando la muerte de tres de ellas. La gente que se arremolinó quería lincharlo, los medios decretaron su culpabilidad inmediatamente, los jueces bajaron el martillo para una condena a 30 años de prisión y se hizo justicia… pero no. Después de un largo proceso de apelaciones y recursos, la Corte lo absolvió con 12 años de demora, de los cuales 7 los pasó tras las rejas.
La policía confundió a Carrera con un ladrón que huía de un robo con armas, le disparó desde un auto no identificado como patrullero, Fernando quiso escapar de lo que a sus ojos era un ataque, recibió un balazo en la cara e inconsciente avanzó con su vehículo hasta atropellar y causar la muerte a otras personas. Ya detenido el auto, recibió una lluvia de balas y de milagros no murió. A partir de allí, esos mismos policías encubrieron sus responsabilidades sembrando pruebas materiales y testimonios y condicionaron un proceso penal ineficiente que no evitó equivocarse.
El desaguisado policial y judicial fue tan grotesco, que Enrique Piñeyro lo comparó a través de su documental "Rati (policía) Horror Show", con aquel musical freak/bizarre de los años setenta, el "Rocky Horror Picture Show". Varias son las enseñanzas que tomamos del caso.
Nos permite ver cuán cerca puede llegar del ciudadano común la corrupción y violencia policial. Armar una causa, plantar una prueba, tergiversar información, proteger negocios ilícitos, cobrar peaje a los familiares del preso, golpear al detenido y otras yerbas son alegaciones que escuchamos a diario los que trabajamos en el sistema de justicia penal. Es muy grande la vulnerabilidad del ciudadano común ante una institución a la que se le conceden crecientes facultades y confían cuantiosos recursos en nombre de la evitación de delitos. Mayor es la vulnerabilidad de los pibes de sectores humildes, cuya voz no es escuchada, no son creídos. Fernando podría haber muerto y nada hubiéramos sabido. Fernando sobrevivió y es de clase media, tenía trabajo y familia.
Reflexionamos sobre el grado de incapacidad del sistema judicial para evitar semejante error. La razón de ser de un proceso penal desarrollado según garantías constitucionales, es evitar la condena del inocente, que todos coincidimos en considerar una gran injusticia. Los operadores del sistema judicial no desconocen los niveles de corrupción y violencia aludidos, sin embargo, si se manejan con consultas telefónicas alejadas del terreno, si no salen de sus oficinas, acaban presos del discurso policial.
Advertimos que el linchamiento u otras manifestaciones de la mal llamada justicia por mano propia, no sólo es delito sino que puede serlo sin su pretendida justificación moral. Si hubieran matado a Fernando ante la "evidencia" de su culpabilidad, hubieran cometido homicidio de un inocente. Irremediable resultado de la aporía "corta la bocha". La ansiedad de la ciudadanía ante el problema real de inseguridad, exacerba los sentidos y la emoción nubla la razón. La ilegalidad no se resuelve con más ilegalidad, la violencia no se frena con más violencia, vivamos en un estado de derecho y no en el far west. El uso de la fuerza solamente debe legitimarse a través del Estado que tiene reglas de juego para hacerlo sobre la base de una memoria institucional que expresa siglos de experiencia.
Notamos que no podemos confiar en los juicios mediáticos que se hacen al calor de la exigencia del prime time televisivo y aprendemos que una condena es una decisión trascendente que siempre requiere mesura y prudencia, y ello no se logra sin algo de tiempo. Los juicios exprés o de flagrancia no son el marco apropiado para que el sistema judicial investigue y juzgue minimizando los márgenes de error. Todos reaccionamos ante procesos penales que llevan muchos años pero no es conveniente que se resuelvan en cuestión de días, exigiendo investigaciones breves o defensas acotadas.
Fernando es inocente y sin embargo pasó siete años preso. No vio crecer a su hijo recién nacido. La pena sufrida no tiene marcha atrás. Nadie se lo devuelve. El caso nos deja ver con claridad que el por qué y el para qué de las garantías constitucionales en materia penal, es evitar que te pase lo que a Fernando Carrera.