Santa Fe- El gobernador Hermes Binner firmó el decreto mediante el cual se
establecen nuevos requisitos formales para los "carteles de obra" en la provincia de Santa Fe. La
norma dispone la exhibición clara, en las obras en construcción, de los datos de todos los
responsables, para que los trabajadores tengan "un elemento de prueba del contrato de trabajo,
generalmente celebrado en forma verbal, a los fines del efectivo goce de sus derechos consagrados
por la legislación del trabajo y de la seguridad social".
El Ministerio de Trabajo señaló que con esta medida, plasmada a través del decreto N° 1732,
"se logra concretar la articulación de políticas de seguridad en obras, con la implementación de
acciones destinadas a proteger la vida de los trabajadores, con la activa participación de los
distintos sectores involucrados: empleadores, empleados y el Estado".
Es producto del consenso y los acuerdos en materia de prevención, salud y seguridad en el
trabajo alcanzados por la Comisión Tripartita para el Trabajo Decente en la Construcción, integrada
por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la provincia; la Unión Obrera de la Construcción
de la República Argentina (Uocra), seccionales Rosario y Santa Fe; la Asociación de Empresarios de
la Vivienda de Rosario; y la Cámara Argentina de la Construcción, delegaciones Rosario y Santa
Fe.
El decreto sostiene que en la actualidad los “carteles de obra” no cuentan con información suficiente referida a roles profesionales habilitados, responsables, cumplimiento de las normativas vigentes, siendo que los mismos constituyen el “único medio de comunicación entre los responsables de las obras y los trabajadores”.
La norma establece que “será obligatorio para el constructor colocar al frente de las obras en construcción un cartel que contenga nombre, apellido y razón social del constructor; razón social y domicilio del comitente”.
También deberá figurar el nombre y apellido, título, matrícula profesional y domicilio del proyectista, director de obra, calculista, representante técnico y de coordinación de Salud y Seguridad.
Deberá consignar, además, la razón social, domicilio, ART y Nº IERIC del contratista principal y subcontratistas.
Por último el cartel de obra deberá contener el número de permiso de edificación, uso previsto,
sección, manzana, gráfico, subdivisión, distrito, superficie terreno, índice edificación mínimo,
superficie mínima en metros cuadrados, superficie complementaria p/índice, altura mínima, índice
edificio máximo, superficie máxima metros cuadrados y altura máxima.
La exhibición del “cartel de obra” será de cumplimiento obligatorio para todas
las obras que se inicien con posterioridad a la publicación del decreto. Para aquellas que estén en
marcha o que ya tengan un cartel de acuerdo a la normativa municipal o comunal, se les otorgará un
plazo de 30 días hábiles para su adecuación o exhibición.
En este sentido, se considera “conveniente” complementar las nuevas exigencias a
las ya pedidas en los “letreros de obra” de municipios y comunas de la provincia, con
el objeto de “conocer sin dificultades y rápidamente si los proyectos en curso se ajustan a
las previsiones normativas”.
El decreto señala que “sin perjuicio de la labor de policía municipal o comunal en la
materia”, los inspectores del trabajo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social que
“constataren la falta del cartel de obra o que los carteles de obra no se encuentren
visibles, actualizados, o que contengan omisiones, alteraciones o enmiendas en relación a las
exigencias enumeradas en el articulado precedente, labrarán actas de infracción (conforme a lo
establecido en la Ley Provincial Nº 10.468) en ejercicio de sus facultades propias como órgano de
aplicación”.
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