27-04-08 |
  • valorar
  • resultados

Quieren facilitar la nacionalidad argentina a descendientes nacidos en el exterior

Buenos Aires.- La Cámara de Senadores inició el estudio de un proyecto de ley para facilitar el otorgamiento de la nacionalidad argentina a la segunda generación de descendientes de connacionales nacidos en el extranjero.

En la norma que se impulsa, se establece que el modo de adquirir la nacionalidad por opción no esté sólo limitado a los  hijos de argentinos o argentinas nativos -sin discriminar el sexo del progenitor- sino a los descendientes de éstos.

El texto expresamente prevé que la nacionalidad por opción  puede adquirirse por la condición de hijo de argentino/a nativa o  por opción, por lo que un descendiente de argentino que hubiese  adquirido la nacionalidad ejercitando el derecho de la opción,  también puede transmitir dicha nacionalidad a sus descendientes.

El expediente, cuya autoría le pertenece al justicialista chubutense Marcelo Guinle, está a estudio en la Comisión de  Asuntos Constitucionales.

En los fundamentos de la medida se deja establecida “la nueva  realidad” que presenta la Argentina, “en la que cientos de miles  de argentinos se han radicado en otros países, y ya tienen  descendencia nacida en el extranjero”.

Según su autor, “ante la posibilidad que brinda” la  Constitución reformada en 1994, la iniciativa legislativa  “propugna atribuir la nacionalidad por descendencia no limitada  exclusivamente a los hijos de argentinos nativos, vale decir que  no esté limitada a la primera generación”.

“Tal criterio se fundamenta en que la manda constitucional de  legislar en beneficio de la nacionalidad argentina, hace que sea  posible perfeccionar los mecanismos para posibilitar la  reinserción nacional de los descendientes de argentinos nacidos en  el extranjero que han emigrado”, establece Guinle en los  fundamentos del proyecto.

Según la iniciativa, “el derecho positivo debe otorgarles” a  los descendientes “la posibilidad de mantener la vinculación más  importante entre una persona y un Estado, que es la nacionalidad,  manteniendo viva la pertenencia a la comunidad nacional de tales  descendientes de argentinos”.

La futura norma también considera que “la nacionalidad es un  derecho humano básico y esencial por el que una persona pertenece  a una comunidad determinada”.

Los fundamentos del proyecto mencionan que cada país ampara al  individuo en el marco de las relaciones internas e internacionales  al establecer a través de su nacionalidad su vinculación con un  Estado determinado; e impide la privación de su nacionalidad en  forma arbitraria, por lo que su regulación en beneficio de la  República Argentina y de su comunidad resulta un imperativo.

Si bien no hay cifras oficiales, desde el Ministerio del  Exterior se presume que el número de argentinos fuera del país se  acerca al millón y medio de personas, en su mayoría residentes de  los Estados Unidos, España, Italia, Israel y países limítrofes.

No obstante, algunos organismos como la Fundación Argentinos  en el Exterior estima que el número de conciudadanos que residen  fuera del país se acerca a los tres millones.

La única estimación más o menos certera es la que se obtuvo en  las elecciones nacionales de 2007, y fue determinada por la Cámara  Nacional Electoral que registró en el exterior a unos 200 mil  votantes. (Télam)

Para dejar un comentario sobre esta nota es necesario estar registrado.

Regístrese sin cargo desde aquí o si ya estás registrado ingresá tu usuario y clave haciendo click aquí.


Institucional
Red Comercial
Historia
Contacto

LaCapital.com.ar